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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 220, miércoles 23 de noviembre de 1988


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones y Acuerdos

Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonómico
2798

RESOLUCION del Instituto Vasco de Administración Pública por la que se convoca concurso de méritos para la adjudicación de un trabajo de recopilación y ordenación denominado «Código de leyes políticas dei País Vasco»

Transcurridos varios años desde que el País Vasco accedió al autogobierno, se ha generado una producción normativa de carácter institucional y político que es necesario compilar en un solo texto, previa determinación de las leyes que tienen un singular relieve político-administrativo y la ordenación y clasificación de esos materiales.

El Instituto Vasco de Administración Pública consciente de la carencia existente hoy en día de un texto que recoja las leyes autonómicas de trascendencia político-institucional y que, asimismo, sea una obra que, sin menoscabo de su rigor científico y su correcta estructuración, goce de los atributos de sencillez en su manejo y operatividad en su uso, convoca el presente concurso de méritos de acuerdo con las siguientes

BASES: Primera.- Podrán concursar tanto personas individuales como equipos formados al efecto.

Las personas que concursen deberán poseer titulación universitaria superior. Tendrán preferencia, en todo caso, los Licenciados en

Derecho, que acrediten experiencia académica y/o investigadora.

Segunda.- El objeto del trabajo es la elaboración y ordenación de un

Código de leyes políticas del País Vasco.

Los requisitos mínimos que deberá cumplimentar el citado trabajo serán los siguientes:

a) Selección de disposiciones normativas.

b) Orden o sistema de clasificación de las citadas disposiciones.

c) Disponer de un índice analítico completo. d) Incluir una tabla cronológica.

e) Extensión limitada que haga fácil el manejo de la obra.

f) Introducir, en su caso, las concordancias que sean preceptivas y las remisiones en nota a pie de página.

g) Redacción de toda la obra en bilingüe.

Tercera.- El proyecto contará con una dotación de 500.000 ptas., que se harán efectivas previa presentación en plazo del proyecto y aprobación de su contenido.

A la citada cantidad se le deducirán las retenciones tributarias correspondientes.

Cuarta.- Las solicitudes para concursar deberán presentarse en el

Instituto Vasco de Administración Pública, Pza. de la Universidad s/n, Oñate (Guipúzcoa) en sobre cerrado, indicando la referencia «Concurso Código de Leyes Políticas».

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 9 de Diciembre de 1988.

A las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Curriculum-vitae, con exposición de los méritos académicos y profesionales, así como de los trabajos y publicaciones científicos realizados por la persona o personas que concursen.

b) Memoria detallada sobre el trabajo a realizar (tres ejemplares).

Quinta.- Un jurado, nombrado y presidido por la Dirección del IVAP o, en su caso, por la persona en quien delegue, valorará los proyectos presentados y acordará la adjudicación de aquellos que ofrezcan las debidas garantías para su correcta realización.

Sexta.- El fallo del Jurado se hará público antes del 20 de Diciembre de 1988, sin perjuicio de su ulterior publicación en el Boletín

Oficial del País Vasco.

El concurso podrá ser declarado desierto.

Séptima.- La adjudicación del proyecto será notificada al interesado por Resolución del Instituto Vaso de Administración Pública, debiendo el adjudicatario mostrar su conformidad por escrito en el plazo improrrogable de quince días. Caso de no hacerlo, el IVAP se pondrá en contacto con los suplentes si los hubiere.

Octavo.- El resultado del trabajo deberá ser entregado al IVAP, mecanografiado y por triplicado, antes de tres meses a contar desde la notificación prevista en el apartado anterior, sin que este plazo pueda ser objeto de prórroga alguna.

Para que la adjudicación surta los efectos económicos previstos, será requisito imprescindible la entrega en plazo del trabajo y que el

Jurado dé su conformidad al proyecto presentado.

Novena.- El IVAP será propietario del trabajo presentado y aceptado por el Jurado, reservándose el derecho a publicarlo en una colección específica de «Textos normativos». A tal efecto, el adjudicatario del proyecto suscribirá un contrato de cesión de derechos de autor por la cantidad indicada en la base tercera, previa deducción de las obligaciones tributarias que proceden en su caso. Caso de publicarse, el adjudicatario del concurso se obliga a corregir las pruebas de imprenta en el período que se estipule por parte de la editorial.

Décima.- El adjudicatario del proyecto se obligará, asimismo, a realizar la correspondiente actualización del citado «Código de Leyes

Políticas» cuando así lo requieran las innovaciones normativas surgidas y siempre a instancias del Instituto Vasco de Administración

Pública. La citada actualización devengará los correspondientes derechos de autor de acuerdo con las cantidades estipuladas para este tipo de trabajos por parte del Instituto Vasco de Administración Pública.

Vitoria-Gasteiz 21 de Noviembre de 1988. Director del Instituto Vasco de Administración Pública,

PAXI SIERRA-SESUMAGA IBARRETXE.


Análisis documental