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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 157, lunes 24 de octubre de 1983


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Otras Disposiciones y Acuerdos

Política Territorial y Transportes
2015

RESOLUCION de 13 de Octubre de 1983, por la que se acuerda adjudicar directamente la ejecución de las obras de Refuerzo de firme con aglomerado asfáltico en caliente en la CC-6.317 de Zumárraga a Zumaia, entre los P.k. 38,5 al 40.

En el día de hoy este Departamento ha adoptado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva a continuación se publica:

1. Adjudicar directamente a la Entidad ALTUNA Y URIA, S. A., la ejecución de las obras de Refuerzo de firme con aglomerado asfáltico en caliente en la CC-6.317 de Zumárraga a Zumaia, entre el p.k. 38,5 al p.k. 40, por un importe de NUEVE MILLONES QUINIENTAS SESENTA Y UNA

MIL CUATROCIENTAS SEIS PESETAS (9.561.406 ptas.), con cargo a la anualidad de 1983.

2. Imponer al adjudicatario la obligación de constituir fianza definitiva, ante el Departamento de Política Territorial y

Transportes del Gobierno Vasco, en el plazo de 25 días a contar desde la notificación de la presente resolución, por importe del 4 % del presupuesto total de contrata, y ascendente en su consecuencia a la cantidad de TRESCIENTAS NOVENTA Y UNA MIL CUATROCIENTAS SESENTA

PESETAS (391.460 ptas.).

3. Hacer constar que a los efectos de la correspondiente Licencia

Fiscal del Impuesto Industrial, el Contratista adjudicatario deberá hallarse matriculado en el Territorio en que las obras hayan de ejecutarse.

4. Proceder a la formalización de la correspondiente Acta de

Comprobación de Replanteo, en el plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución.

5. A todos los efectos derivados de la ejecución de las obras, la

Empresa adjudicataria comunicará a la Administración en una plazo de quince días contados a partir de la fecha de notificación, su residencia o la de su delegado, debiendo situarse la misma en las obras o en una localidad próxima a su emplazamiento. Para cualquier cambio futuro de residencia, el contratista deberá contar con la previa conformidad de la Administración. Asimismo, el contratista o su delegado deberá residir en el lugar indicado y sólo podrá ausentarse de él previa comunicación, a la Dirección, de la persona que designe para sustituirle.

La precedente resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma procede el recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, que habrá de ser interpuesto, ante este

Departamento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Vitoria-Gasteiz, 13 de Octubre de 1983.

El Consejero de Política Territorial y Transportes, JAVIER

LASAGABASTER ETXARRI.


Análisis documental