
N.º 7, sábado 21 de marzo de 1981
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Otras Disposiciones y Acuerdos
Política Territorial y Obras Públicas
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RESOLUCION de 24 de Diciembre de 1980, del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas en relación con la modificación del Plan Parcial de Cucullaga, en el término municipal de Etxebarri.
En el día de hoy este Departamento ha adoptado la resolución cuya parte dispositiva a continuación se publica: "1.- Aprobar definitivamente las modificaciones del
Plan Parcial de Cucullaga, tramitado por el Ayuntamiento de
Etxebarri, relativas a la modificación de las Ordenanzas 7.3, 7.8.5 y
7.12.1.3. en los términos de la aprobación municipal.
2.- Aprobar definitivamente la modificación del diseño de la sección transversal del vial del Plan Parcial, señalado como eje 2 en la documentación gráfica del presente expediente, por considerarlo más adecuado a su función de vía urbana, en los términos de la aprobación municipal.
3: Aprobar definitivamente la redacción del Plan de Etapas del Plan
Parcial con la matización del apartado 5 y con las siguientes correcciones:
Se modificará el último párrafo de la página 116, aumentando la precisión sobre el momento en que deberán de ejecutarse las parcelas
3 y 20 incluyendo la 21 y las zonas calificadas como Parque Forestal,
Zonas Verdes y Espacios Libres, de manera adecuada a la gradual ejecución de la edificación y con la condición expresa de que el costo de urbanización de todos los espacios de cesión obligatoria deberán de ser sufragados por los propietarios del sector del Plan Parcial de Cucullaga, en proporción a sus derechos edificatorios, no siendo aceptable en ningún caso que dichos gastos corran por cuenta del Ayuntamiento de Etxebarri, si los mismos suponen un montante superior al asignado a la cuota de participación de aquél.
4: Considerar correcta la modificación de la vialidad de los ejes 1 y
2 y su sustitución por el nueva trazado, así como la modificación del eje 3 y su nuevo encuentro con el enlace frente al puente de la
Basconia, coincidente con la solución viaria aprobada en las Normas
Subsidiarias de Planeamiento de Galdácano, debiendo no obstante, previamente a su aprobación definitiva, ser separadas del presente expediente y someterlas al trámite previsto en el artículo 50 de la vigente Ley de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y en el artículo
7, apartado 2 del Decreto del Gobierno Vasco, sobre Estructura
Orgánica del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, por suponer una diferente zonificación a uso urbanístico de espacios definidos coma zonas verdes o espacios libres previstos por el Plan
Parcial de Cucullaga.
5-. La adjudicación y ejecución del vial correspondiente al eje número 1, Avenida de San Antonio, se realizará según las previsiones del Plan de Etapas, hasta su enlace con el eje número 3, y el resto del tramo, desde dicho punto hasta la carretera nacional 634 en el momento de la aprobación definitiva de su modificación según el procedimiento del apartado anterior.
6.- Considerar, de conformidad con el artículo 41.3 de la Ley sobre
Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y 132.3 de su Reglamento de
Planeamiento, las precisiones del apartada 3.° de la presente resolución, como deficiencias que no suponen modificaciones sustanciales, debiendo no obstante ser subsanadas por el Ayuntamiento de Etxebarri, a través de su inclusión en la redacción de una documentación refundida de toda la Normativa del Plan Parcial de
Cucullaga, refundición que deberá realizarse en un plazo no superior a quince días desde la recepción de la presente resolución, para la parte correspondiente a la documentación escrita, en tanto que la refundición correspondiente a la parte gráfica se pospondrá hasta el momento en el que realizada la tramitación indicada en el apartado 4 se resuelva, en su caso, la aprobación de las modificaciones viarias y las recalificaciones que las mismas conlleven; entendiéndose que la nueva redacción del Plan de Etapas entrará en vigor directamente en el momento de su aprobación municipal, sin necesidad de ser elevada de nueva a aprobación definitiva, debiendo no obstante el
Ayuntamiento de Etxebarri, enviar cinco ejemplares de la documentación así refundida para su autenticación por la Dirección
Territorial de Urbanismo de Vizcaya e inclusión en el expediente".
La precedente resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma procede el recurso de reposición previo al contencioso administrativo que habrá de ser interpuesto ante este
Departamento en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.
Durante el referido plazo el expediente quedará de manifiesto para su examen en la Dirección Territorial de Urbanismo de Vizcaya, sita en
Bilbao, Palacio de la Excelentísima Diputación Foral de Vizcaya.
Vitoria-Gasteiz, a 24 de Diciembre de 1980.
El Consejera de Política Territorial y Obras Públicas, JAVIER
LASAGABASTER ETXARRI.
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