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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 10, domingo 18 de octubre de 1936


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Gobierno Vasco de la II República

Defensa
88

Decreto estableciendo un uniforme para las Milicias populares que sustituir al amado «mono»

Respondiendo a la preocupación del Gobierno vasco, reflejada en la declaración ministerial, se hace preciso proveer a las unidades milicianas de una prenda exterior uniforme y adecuada a la inclemencia del tiempo en nuestro territorio, sustituyendo al actual «mono», impropio para la crudeza de la estación que atravesamos, y que sea distintivo del Ejército popular y de su exclusivo uso.

En consecuencia, de acuerdo con el Consejo del Gobierno vasco, vengo en decretar:

Articulo 1.° Se establece un uniforme que caracterizará a las

Milicias populares integrantes del Ejército de operaciones, en todas las unidades del mismo, y que será de uso obligatorio para todos los soldados movilizados.

Articulo 2.° Dicho uniforme sustituirá al llamado «mono», y no podrá ser vestido sino por los individuos de tropa y Milicias organizadas.

Articulo 3.° El Consejero de Defensa queda facultado para proveer y resolver lo necesario a fin de llevar a cabo lo antes posible lo contenido en los artículos precedentes.

Dado en Bilbao, a dieciséis de octubre de mil novecientos treinta y seis.

Presidencia y Defensa, JOSÉ A. DE AGUIRRE.


Análisis documental