Departamento de Seguridad

Fecha de publicación: 17/07/2012

Aprobado el Decreto que adapta los medios materiales y documentales empleados en las elecciones autonómicas a los últimos cambios de la legislación básica estatal

Consejo de Gobierno

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto de modificación del Decreto del año 2008 por el que se determinan los modelos oficiales y las características de los medios materiales y documentales necesarios para la celebración de las elecciones al Parlamento Vasco. El objeto de este Decreto es, fundamentalmente, adaptar la normativa existente a los últimos cambios de la legislación básica estatal en materia electoral.

En concreto, uno de los cambios introducidos en este Decreto como consecuencia de la modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General del año 2011 es el nuevo procedimiento de votación del electorado que reside permanentemente en el extranjero (CERA), que conlleva la creación de una serie de nuevos impresos y sobres electorales.

Asimismo, se incluyen en este Decreto una serie de mejoras en determinados impresos electorales de uso corriente por las candidaturas y el electorado, que tiene como finalidad facilitar y agilizar la comunicación con la Administración electoral. A título de ejemplo, en el impreso de presentación de las candidaturas se incorpora una casilla para el correo electrónico del representante de las listas. Igualmente, en el impreso de designación de miembros de Mesa constarán todos los datos de contacto de la Junta electoral que le ha nombrado componente de la Mesa.

Por otra parte, para la confección de la mayoría de los impresos, sobres y las papeletas de votación este Decreto contempla un nuevo tipo de papel offset blanco con certificación medioambiental de gestión forestal responsable, prescindiendo del papel ecológico y reciclado 1005 que se exigía en el Decreto del año 2008 y que se venía utilizando desde las elecciones al Parlamento Vasco de 1994. El motivo del cambio se debe principalmente a los problemas de fabricación y suministro del citado papel que dificulta su obtención, cuestión que no se produce con el que se regula en el presente Decreto.

Por último, el presente Decreto introduce la incorporación de las tecnología de la información y de las comunicaciones en el desarrollo de los procesos electorales favoreciendo a la ciudadanía y a los partidos políticos la comunicación por medios electrónicos con la Administración electoral vasca, facilitando así la obtención y, en su caso, la autoedición de 19 impresos electrónicos mediante su descarga telemática desde la web oficial del Gobierno Vasco.

En suma, el conjunto de modificaciones y adaptaciones que se introducen en el presente Decreto facilitan una gestión más ágil y rápida del proceso electoral por parte de los actores intervinientes en las elecciones autonómicas, contribuyendo así a la modernización y simplificación del procedimiento de votación y escrutinio, aumentando con ello la eficacia de los medios utilizados.