Subvenciones para proyectos editoriales y audiovisuales en el ámbito de la Diáspora Vasca 2026
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- Organismo:
- Lehendakaritza
- Estado:
Descripción
Objeto
Subvenciones para apoyar la producción de proyectos editoriales y/o audiovisuales en el ámbitode la Diáspora Vasca que se realicen durante el año 2026.
Su finalidad es reforzar el apoyo a la Comunidad Vasca en el Exterior.
Que se Subvenciona
- Proyectos editoriales y/o audiovisuales en el ámbito de la Diáspora Vasca.
- La actividad debe realizarse y terminar en 2026.
- Los gastos deben haberse realizado en 2026 y su coste no puede superar el valor demercado.
- No es subvencionable el IVA deducible cuando la entidad solicitante esté obligada a declararese impuesto.
- Se financiarán, como máximo, diez proyectos.
Quedan excluidos los proyectos cuyos contenidos sean contrarios a la igualdad de mujeres y hombres o reproduzcan estereotipos o discriminaciones por razón de sexo o género.
Compatibilidad con otras ayudas
Esta subvención es compatible con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para lamisma finalidad de cualquier administración o entidad, pública o privada, del Estado, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Si se reciben otras ayudas, la subvención podráreajustarse para evitar que el proyecto quede financiado por encima de su coste.
Es incompatible con otras ayudas de departamentos u organismos del propio Gobierno Vascopara el mismo objeto, programa o actividad, salvo autorización expresa.
Para los centros vascos, federaciones y personas jurídicas situadas en la Unión Europea, estasayudas se consideran de minimis (Reglamento (UE) 2023/2831): ninguna persona o entidadpuede recibir más de 300.000 euros en ayudas de este tipo en un periodo de tres años.
A quién va dirigido
- Empresas del sector cultural.
- Asociaciones cuyo objeto principal sea cultural.
- Centros Vascos-Euskal Etxeak.
- Personas físicas o jurídicas vinculadas a la Diáspora Vasca y a la Comunidad Vasca en elexterior, de Euskadi o del exterior.
Los requisitos completos y la forma de acreditarlos figuran en «Tramitación › Solicitud yaportación de documentación › Requisitos».
Obligaciones de las personas beneficiarias
- Destinar la subvención a la finalidad para la que se pidió y realizar la actividad en 2026.
- Desarrollar el proyecto en los términos presentados en la solicitud.
- Facilitar la información que pidan la Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior, laOficina de Control Económico y el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
- Comunicar cualquier otra ayuda obtenida para la misma finalidad.
- No incurrir en deslocalización empresarial (artículo 49 de la Ley 20/2023).
- Cumplir las demás obligaciones de los artículos 14, 27 y 42 de la Ley 20/2023.
Dotación presupuestaria
70000
Forma de pago:
El importe máximo de la subvención es de 10.000 euros por proyecto.
Dos pagos:
- Primer pago, 75 %: una vez dictada la resolución de concesión.
- Segundo pago, 25 %: una vez justificada correctamente la subvención.
No se pagará la subvención si la persona o entidad beneficiaria tiene pendiente de justificar otrasubvención de la Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior, o si no ha devuelto unasubvención anterior cuando se le ha requerido.
El importe máximo de la subvención es de 10.000 euros por proyecto.
Dos pagos:
- Primer pago, 75 %: una vez dictada la resolución de concesión.
- Segundo pago, 25 %: una vez justificada correctamente la subvención.
No se pagará la subvención si la persona o entidad beneficiaria tiene pendiente de justificar otrasubvención de la Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior, o si no ha devuelto unasubvención anterior cuando se le ha requerido.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lehendakaritza > Secretaría General de Acción Exterior y Euskadi Global
Organismo que resuelve
- Lehendakaritza / Secretaría General de Acción Exterior y Euskadi Global > Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior
Información de contacto
Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior:
euskaletxeak@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código
1273501Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
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Junto con el impreso de solicitud hay que presentar:
Bloque de producción:
- Propósito del proyecto.
- Objetivos del proyecto.
- Relación de actividades.
- Cronograma de ejecución.
- Público al que se dirige.
- Recursos materiales y humanos.
- Grado de presencia del euskera en el producto final.
- Integración de la perspectiva de género.
Bloque de difusión:
- Objetivos de la difusión.
- Acciones para la difusión y visibilidad.
- Cronograma de la difusión.
- Ubicación de las acciones de difusión.
- Público al que se dirigen las acciones de difusión y visibilidad.
-
Presupuesto detallado de gastos e ingresos, incluidas otras subvenciones o ayudassolicitadas, previstas o recibidas, y los ingresos por inscripciones, venta de entradas, etc.
La memoria y el presupuesto son imprescindibles y deben presentarse dentro del plazo.Para el criterio «Incidencia y participación» pueden aportarse, además, la relación de trabajosprevios de la persona autora en la Diáspora Vasca y las cartas de apoyo, de interés o deadhesión de los centros vascos.
-
Para poder obtener la subvención hay que:
- Pertenecer a uno de los grupos de «A quién va dirigido».
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y del pago deobligaciones por reintegro de subvenciones. El órgano gestor lo comprueba directamente;quien se oponga a esa consulta debe aportar los certificados.
-
No pueden obtenerla:
Quienes estén en alguna de las prohibiciones de los apartados 1, 4 y 5 del artículo 13 de laLey 20/2023.
Quienes estén sancionados con la pérdida del derecho a recibir ayudas públicas o tenganuna prohibición legal para ello, incluidas las sanciones por discriminación por razón de sexo.
Quienes estén en los supuestos del artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para laigualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de laspersonas LGTBI.
Las entidades incursas en un procedimiento de declaración de deslocalización empresarial.
-
Criterios de Valoración
1. Propuesta de proyecto editorial o audiovisual (hasta 40 puntos):
- Interés y coherencia de la propuesta en el ámbito de la Diáspora: hasta 10 puntos.
- Singularidad del tema planteado: hasta 10 puntos.
- Calidad y carácter innovador de los contenidos: hasta 10 puntos.
- Incidencia y participación: hasta 10 puntos. Trayectoria previa de la persona autora en laDiáspora Vasca (1 punto por trabajo, máximo 5) e interés mostrado por los centros vascos (1punto por carta de apoyo, de interés o escrito formal de adhesión, máximo 5).
2. Euskera (hasta 10 puntos):
- Presencia del euskera superior al 90 % en el idioma de emisión o publicación: 10 puntos.
- Propuestas bilingües con al menos un 50 % en euskera: 5 puntos.
- Menos del 50 % en euskera: 0 puntos.
3. Incorporación de la perspectiva de género (hasta 10 puntos):
- Integra de forma clara y coherente la perspectiva de género, visibiliza a las mujeres en laDiáspora, promueve la igualdad de oportunidades y evita estereotipos: 7 a 10 puntos.
- Incorpora la igualdad de forma parcial o limitada: 4 a 6 puntos.
- No la incorpora o lo hace de forma insuficiente: 0 a 3 puntos.
La puntuación máxima es de 60 puntos. Para obtener subvención hay que alcanzar al menos 30 puntos.
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Además, al presentar la solicitud, se declara en el propio formulario:
Las otras subvenciones o ingresos solicitados u obtenidos para la misma finalidad.
Que se está al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Que no se está sancionado ni incurso en prohibición para obtener subvenciones, incluidaslas sanciones por discriminación por razón de sexo.
Que no se da ninguna de las circunstancias del artículo 82 de la Ley 4/2023.
Que los datos de la solicitud y de la documentación son ciertos y que se cumplen losrequisitos.
El compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial.
-
Declaraciones Minimis
- No ha recibido subvención alguna sujeta al régimen de "mínimis" durante los últimos dos ejercicios fiscales.
- Ha recibido, durante los dos últimos ejercicios, subvenciones sujetas al régimen de "mínimis" (debe detallar los datos de este punto en la pestaña "Otras subvenciones").
-
Declaraciones de sanción
- No ha recibido ninguna sanción, penal o administrativa, que le imposibilite obtener subvenciones o ayudas públicas.
- No está incursa en ninguna prohibición legal que la inhabilite para obtener subvenciones o ayudas públicas, con mención expresa a las que se hayan producido por discriminación de sexo.
-
Presentar la solicitud y la documentación necesaria
Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón “Solicitud”.
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Protección de datos
Los datos personales se incorporan a la actividad de tratamiento «Ayudas y subvenciones para elimpulso y promoción de la diáspora vasca».
Responsable: Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior, Lehendakaritza.
Finalidad: gestionar y tramitar las solicitudes de subvenciones y ayudas para el impulso y lapromoción de la diáspora vasca, y difundir los proyectos y, con consentimiento previo, la imageno la voz de las personas subvencionadas.
Legitimación: consentimiento de la persona interesada; cumplimiento de obligaciones legales;cumplimiento de una misión de interés público o ejercicio de poderes públicos.
Destinatarios: departamento competente en materia de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vascoy Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
Derechos: acceso, rectificación y supresión, además de los demás derechos que recoge lainformación adicional.
Información adicional: www.euskadi.eus/servicios/10842
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Justificación
Plazo:
Cuatro meses desde que termina la actividad, que en todo caso debe terminar en 2026.Se presenta por vía electrónica.
Hay que justificar el 100 % del presupuesto del proyecto, no solo la cantidad concedida,indicando qué gastos se financian con otras entidades y cuáles con recursos propios.
Documentación:
- Plantilla justificativa del gasto, con número de factura, proveedor, concepto, importe eneuros y fecha de pago.
- Memoria justificativa: proyecto realizado, actividades y resultados obtenidos.
- Estudios, publicaciones, carteles y demás material gráfico y escrito elaborado en elproyecto.
- Relación de las actividades realizadas en euskera.
- Datos de las personas usuarias o destinatarias desglosados por sexo y valoración delimpacto en igualdad.
- Resumen de gastos y relación de ingresos que han financiado el proyecto, con su importe yprocedencia.
- En su caso, devolución de las cantidades no utilizadas.
- Declaración responsable de que las facturas corresponden al proyecto y de las otrassubvenciones o ingresos recibidos (o de que no se han recibido).
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- a continuación se indican las instrucciones para solicitar la BAK
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
| NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la convocatoria de la ayuda. |
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Dictada resolución
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Si falta algún documento o tiene defectos, se requerirá a la persona interesada para que locomplete en un plazo de diez días hábiles. Si no lo hace, se entenderá que desiste de susolicitud.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
La subvención puede modificarse si cambian las condiciones que se tuvieron en cuenta paraconcederla y, en todo caso, si se obtienen otras ayudas o ingresos para la misma finalidad.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.