Subvenciones a programas destinados al fomento de las artes escénicas. Desarrollo del Circuito de Danza realizado por los espacios escénicos públicos adscritos a la Red de Espacios Escénicos de Titularidad Pública de Euskadi (SAREA).

[FOMENTO DE LAS ARTES ESCÉNICAS - CIRCUITO DE DANZA (PROGRAMA DE EXHIBICIÓN PARA SAREA-RED DE ESPACIOS ESCÉNICOS DE TITULARIDAD PUBLICA)]

Descripción


Objeto

1.- Las ayudas previstas en este capítulo van dirigidas al desarrollo del circuito de danza impulsado por el Gobierno Vasco durante el año 2026 y tienen como objetivo la consolidación y el incremento de esta disciplina en estos espacios escénicos de titularidad pública adscritos a SAREA.

2.- Los programas de exhibición presentados deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Incluir un mínimo de tres y un máximo de 10 piezas de danza.

b) Todas las compañías incluidas en la solicitud serán compañías profesionales con domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma del Euskadi.

Requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria.

a) Podrán solicitar estas ayudas los titulares de los espacios escénicos públicos adscritos a la red SAREA (Anexo II) que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3.

b) En el caso de que en el programa presentado se incluyan piezas a representar en calle o espacios no convencionales, estos deberán ser apropiados, estar señalizados y acotados y cumplir todas las medidas de seguridad exigidas por la legislación vigente, así como disponer de un seguro de responsabilidad civil para los mismos y locales adecuados para ser utilizados como camerinos y vestuarios.

c) Disponer de una persona responsable que coordine todos los aspectos técnicos del programa presentado.

Dotación presupuestaria

265.000

Prestación económica

En cuanto al procedimiento de concesión, las subvenciones que corresponden a cada espectáculo se calcularán en función de los siguientes porcentajes tomando como referencia el caché presentado en la solicitud, IVA incluido Se entenderá por caché la contraprestación económica que recibe la parte contratada por su actuación.

45% del caché (IVA incluido) con un máximo de 3.000 euros por espectáculo (50% en el caso en que la coreógrafa del espectáculo contratada sea mujer).

2.- En el caso de presentarse piezas cortas en la solicitud, y siempre que conformen un único programa (compuesto por hasta un máximo de 4) en la misma fecha, se contabilizarán como un único espectáculo. En este caso se aplicará el porcentaje máximo de subvención a cada pieza independientemente y no al importe total de las mismas.

3.- En el caso de que en un espacio escénico se realicen varias funciones de un mismo espectáculo de danza con predominio de la oralidad en diferentes versiones, se subvencionará el espectáculo realizado en euskera.

4.- En el caso de que en la solicitud se presente más de una función de alguna de las piezas de danza, únicamente se contabilizará la primera a efectos de ser subvencionada.

5.- En una primera fase, se adjudicará la ayuda al primer espectáculo presentado en la solicitud por cada uno de los solicitantes, aplicando para ello los porcentajes indicados en el apartado 1, hasta el agotamiento, en su caso, de la dotación presupuestaria.

Si en esta primera fase no se agotara el importe destinado, se procederá a adjudicar la ayuda al segundo espectáculo presentado en la solicitud, hasta el agotamiento, en su caso, de la dotación presupuestaria.

Si en esta segunda fase no llegara a agotarse la dotación, se procederá a adjudicar la ayuda al tercer espectáculo presentado en la solicitud, y así sucesivamente hasta agotar la dotación.

En el momento de agotarse la dotación, se priorizarán en primer lugar las solicitudes que presenten un mayor número de espectáculos programados, y en segundo lugar aquellas solicitudes que presenten un mayor número de espectáculos programados en el espacio escénico principal adscrito a Sarea.

Forma de pago:

  • El 75% de la cuantía subvencionada se hará efectivo una vez dictada la Resolución de concesión y transcurrido el plazo legalmente establecido.
  • El pago del 25% restante, y siempre a partir del 1 de enero de 2027, previa acreditación de la realización de la actividad subvencionada y una vez que haya quedado debidamente justificada, la totalidad de la actividad subvencionada, de conformidad al presupuesto de gastos presentado en los términos señalados en el artículo 12 y en el artículo correspondiente de cada modalidad.

A quién va dirigido


Ayuntamientos vascos

Requisitos:

  • Ser ayuntamiento de la Comunidad Autómona de Euskadi

Organismos autónomos locales

Requisitos

  • Ser titular de un teatro público adscrito a la red SAREA y disponer de una programación de danza en el espacio escénico.
  • Las subvenciones que se concedan al amparo de la presente Orden quedarán condicionadas al cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las relativas al reintegro de subvenciones, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los presupuestos Generales de Euskadi según lo establecido en la Orden 20/2023, de 21 de diciembre, reguladora del Régimen de Subvenciones y en los artículos 2,3 y 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda.

  • No podrán acceder a las subvenciones previstas en la presente Orden:

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Cultura

Información de contacto


DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN CULTURAL E INDUSTRIAS CULTURALES Y CREATIVAS

Josu Iriondo Arrieta

945 01 94 67

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1033330

Solicitud y aportación de documentación


Requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria.

a) Podrán solicitar estas ayudas los titulares de los espacios escénicos públicos adscritos a la red SAREA (Anexo II) que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3.

b) En el caso de que en el programa presentado se incluyan piezas a representar en calle o espacios no convencionales, estos deberán ser apropiados, estar señalizados y acotados y cumplir todas las medidas de seguridad exigidas por la legislación vigente, así como disponer de un seguro de responsabilidad civil para los mismos y locales adecuados para ser utilizados como camerinos y vestuarios.

c) Disponer de una persona responsable que coordine todos los aspectos técnicos del programa presentado.

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta orden de convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco


Deberá rellenarse en el caso de que la persona/entidad solicitante no esté registrada o desee modificar los datos bancarios existentes en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco.

Alta/Modificación de datos de terceros - Gobierno Vasco

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación


Las personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones deberán presentar en los tres meses siguientes a la fecha de finalización de la actividad subvencionada, y siempre antes del 31 de marzo de 2027, la documentación referida en cada una de las modalidades.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites