Ayudas a proyectos de investigación y desarrollo en salud 2026: Trabajos de investigación comisionada

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Descripción


Objeto

Esta línea de apoyo está abierta a los Agentes de la RVCTI acreditados en las categorías señaladas en la base tercera punto 1 y requerirá en todo caso la participación de, al menos, un Agente de la RVCTI acreditado en la categoría de Centros de Investigación Sanitarios.

La ayuda tendrá carácter anual y se otorgará para financiar las actividades desarrolladas en 2026. Serán financiables proyectos de trabajos de investigación comisionada presentados en relación con los temas específicos indicados en el Anexo I-B.

Dotación presupuestaria

300.000 €

Prestación económica

Se destinarán 300.000 euros a los proyectos de la línea de Trabajos de investigación comisionada.

En caso de que esta línea no agote la totalidad de los fondos asignados, el remanente se destinará automáticamente a incrementar la dotación disponible para la Línea de Potenciación de la investigación en salud de carácter estratégico, respetando siempre los criterios de valoración y adjudicación establecidos en la presente convocatoria.

  • a) El 80% del importe de la ayuda concedida se transferirá a los Agentes beneficiarios con carácter inmediato, una vez constatada la aceptación de la ayuda (ya sea expresa o tácita, tal y como se establece en la base decimotercera punto 4).
  • b) El 20% restante se librará a la entrega y aprobación de la documentación justificativa final que recogerá toda la actividad realizada en el ejercicio 2026 (con gastos acometidos hasta el 31 de diciembre), empleando los Anexos IV-A (para la memoria científica) y IV-B (para la memoria económica), y de acuerdo con lo estipulado en el punto 3 de la base decimoquinta. La fecha límite para la presentación de las memorias finales (científica y económica) será el 8 de enero de 2027.

A quién va dirigido


Agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI)

Requisitos

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • Los centros solicitantes deberán estar durante la vigencia de la subvención al corriente o exentos de sus obligaciones tributarias.
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, incluidas las derivadas de discriminación por razón de sexo o de violencia machista contra las mujeres, de conformidad con la normativa vigente y, en particular, con el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.

Organismos


Organismo que convoca

  • Salud > Consejero/a de Salud

Organismo que resuelve

  • Salud > Viceconsejería de Salud y Transformación Digital

Información de contacto


Dirección de Investigación, Innovación y Evaluación Sanitarias del Departamento de Salud

Teléfono: 945 019193

Email: investigacion-san@euskadi.eus

 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0104736

Solicitud y aportación de documentación


Para solicitar la subvención, hay que presentar el formulario de solicitud, junto con la documentación que se describe en las Instrucciones de aportación de documentación. La continuación de la tramitación se realizará a través de "Mi carpeta".

Pueden presentar solicitudes representantes de entidades con certificado electrónico admitido:

a) Si la persona representante se ha identificado con un certificado electrónico de representante de entidad, no debe realizar ninguna gestión para su acreditación.

b) Si la persona representante se ha identificado con un certificado de persona física, la representación debe estar acreditada en el registro electrónico de representantes.

 

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde el día siguiente de la publicación en el BOPV de la Convocatoria

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Con fecha límite el 8 de enero de 2027 los agentes beneficiarios deberán presentar la siguiente justificación documental:

  • a) Una única Memoria científica justificativa global, por proyecto, elaborada según el esquema que aparece en el Anexo IV-A. La memoria científica detallará las actividades realizadas, el grado de consecución de los objetivos planteados, o de avance en ellos, y los resultados obtenidos. La memoria será firmada por el Coordinador o Coordinadora del proyecto.
  • b) Memoria económica justificativa de cada agente participante (Anexo IV-B) firmada por el o la representante legal de cada agente beneficiario (incluir también el fichero en formato Excel). A la memoria económica se acompañarán copias de las facturas, y en su caso certificación de coste de la dedicación horaria al proyecto del personal investigador, que documenten los gastos realizados durante el periodo de justificación. En el caso de incluirse gastos de personal, deberá desglosarse el importe correspondiente al sueldo bruto y a los costes de la seguridad social a cargo de la empresa. Esta documentación, se enviará en el mismo orden en el que se ha presentado en la memoria económica justificativa. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. Las facturas originales deberán archivarse en los agentes beneficiarios durante un periodo máximo de cinco años a partir del plazo de justificación y estarán disponibles para cualquier comprobación que realice la Dirección de Investigación, Innovación y Evaluación Sanitarias.
  • c) Informe favorable o dictamen, en su caso, del Comité de Ética de la Investigación competente y otros órganos colegiados responsables de velar por el cumplimiento de los convenios y normas existentes en materia de investigación (base décima, punto seis)
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites