Programa Bideratu Berria 2021: Ayudas destinadas a la Reestructuración y Relanzamiento de empresas en crisis.

[Bideratu Berria 2021]

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente Resolución la convocatoria para el ejercicio 2021 de las ayudas, en forma de anticipos reintegrables, previstas en la Orden de 17 de octubre de 2017, destinadas a la reestructuración y relanzamiento de empresas en crisis.

Dotación presupuestaria

5.000.000 €

Prestación económica

Ayudas en forma de anticipo reintegrable para la financiación de la ejecución de medidas de reestructuración y de relanzamiento de carácter industrial y financiero que se incluyan en planes de reestructuración elaborados por empresas en crisis tendentes al restablecimiento de la viabilidad a medio y largo plazo de las mismas. 

  • Límite: 1.000.000 euros y hasta el 50% del coste del plan de reestructuración.
  • Garantías: se solicita descripción de bienes y derechos de la sociedad, situación de cargas y valoración actualizada.

A quién va dirigido


Pequeñas y medianas empresas en crisis.

Requisitos

  • Requisitos:

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Viceconsejería de Industria

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Industria > Dirección de Industria y Transición Energética

Información de contacto


GOBIERNO VASCO 

Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras

Dirección de Desarrollo Industrial

c/ Donostia-San Sebastián, 1

01010 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945 01 82 63 - 945 01 82 14

e-mail:  d-industria@euskadi.eus

            agus-garcia@euskadi.eus

 

Código

0091106

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9.00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 15:00h del día 15 de octubre de 2021.

No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 15:00 horas del último día de presentación de solicitudes.

Trámites

Las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás gestiones implicadas en esta convocatoria de concesión de ayudas se efectuaran por medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde día siguiente al de la presentación de la solicitud en la convocatoria anual

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios