Subvenciones para la promoción de la lectura y del uso de los servicios de las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi 2025

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Descripción


Objeto

Concesión de subvenciones para la promoción de la lectura y del uso de los servicios de las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi en el año 2025.

Dotación presupuestaria

370.000,00

Prestación económica

La dotación económica de la convocatoria se distribuirá entre todas las entidades solicitantes que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en la presente Orden para el acceso a las ayudas.

La cantidad a recibir como subvención no podrá superar el 75% del importe del gasto solicitado, sin que en ningún caso pueda superar el importe de los 30.100,00 euros por entidad beneficiaria.

Forma de pago:

Pago único una vez justificada la subvención.

A quién va dirigido


Ayuntamientos de la CAPV

Entidades locales

Requisitos:

  • Acreditar que en su objeto tenga asumidas las competencias sobre la gestión del servicio de biblioteca pública. En caso de que dicho documento esté en poder del Gobierno Vasco no será necesario aportarlo nuevamente y deberá indicar en qué órgano se halla o en qué procedimiento se presentó.

Requisitos

  • Presentar breve memoria en la que se recojan las actividades a desarrollar, así como cualquier elemento que se considere de interés para la correcta interpretación del proyecto.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social. Igualmente, hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Todo ello, de conformidad con la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda, sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las relativas al reintegro de subvenciones, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.

  • No encontrarse la entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, ni tampoco hallarse incursa en alguna prohibición legal que la inhabilite para ello, incluido lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes, tanto públicos como privados. Asimismo, manifestar el compromiso de no sobrefinanciación.

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Cultura > Dirección de Patrimonio Cultural, Propiedad Intelectual y Depósito Legal

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Cultura > Dirección de Patrimonio Cultural, Propiedad Intelectual y Depósito Legal

Información de contacto


Servicio de Bibliotecas y Depósito Legal: 945 019 415

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0038312

Solicitud


- Solicitud electrónica.

- Una breve memoria en la que se recojan las actividades a desarrollar, así como cualquier elemento que se considere de interés para la correcta interpretación del proyecto.

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar lo resuelto a las entidades interesadas será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Fecha límite para realizar la justificación: 19-12-2025

La justificación documental requerirá la aportación de la documentación siguiente:

- Certificación del interventor o interventora, o en su caso, del secretario-interventor o secretaria-interventora.

- Facturas y documentos que permitan acreditar el gasto realizado.

- Memoria de las actividades finalmente realizadas, para la que solo se precisa un listado de formato libre con la siguiente información:

               a) Nombre de la actividad (descripción mínima)

               b) Número de sesiones de cada actividad (solo si se trata de la misma actividad que se repite)

               c) Número de participantes en cada actividad (si hay varias sesiones, el número total entre todas las sesiones)

               d) A ser posible, una fotografía ilustrativa de cada actividad realizada

           

Otros trámites