Normativa

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RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2013, del Director de Gestión de Personal, por la que se incorporan y modifican titulaciones en las tablas de titulaciones y especialidades del anexo III de la Orden de 27 de agosto de 2012 por la que se aprueba la normativa sobre gestión de la lista de candidatos y candidatas para la cobertura de necesidades temporales de personal docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Educación, Política Lingüística y Cultura
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 72
  • Nº orden: 1790
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 25/03/2013
  • Fecha de publicación: 16/04/2013

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Función pública

Texto legal

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Por Orden de 27 de agosto de 2012 (BOPV de 11-09-2012) de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, se aprueba la normativa sobre gestión de la lista de candidatos y candidatas para la cobertura de necesidades temporales de personal docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, incluyéndose en su anexo II la relación de Especialidades y Asignaturas y en el anexo III las tablas de titulaciones que permiten impartir las especialidades de los distintos niveles de enseñanza.

Mediante la Disposición Final Segunda, se habilita a la Dirección de Gestión de Personal para que «en caso de necesidad y por medio de la resolución correspondiente, tras la correspondiente negociación con la representación sindical, pueda a lo largo del curso escolar y en especial antes del comienzo de cada proceso de rebaremación, incluir nuevas titulaciones que capaciten para impartir alguna de las especialidades recogidas en la tabla señalada o modificar las ya existentes si se comprobaran errores o tras el correspondiente informe».

Se ha advertido la necesidad de determinar las titulaciones que capacitan para impartir determinadas especialidades, añadir nuevas titulaciones en otras especialidades y modificar las existentes, en algunos casos, tras comprobar la existencia de errores.

Evaluados los cambios a realizar por la Comisión constituida al efecto, en virtud de lo dispuesto,

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