Normativa

Imprimir

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2021, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se homologa a Farapi Kooperatiba Elkartea, para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Instituto Vasco de la Mujer; Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 41
  • Nº orden: 1093
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 09/02/2021
  • Fecha de publicación: 25/02/2021

Ámbito temático

  • Materia: Actividades económicas; Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Transportes y obras públicas
  • Submateria: Industria; Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Mediante Decreto 105/2004, de 8 de junio, se reguló la homologación de entidades consultoras para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades, con el fin de promover a través de los agentes sociales el desarrollo de medidas de acción positiva en las empresas tendentes a lograr la igualdad entre mujeres y hombres y de garantizar la calidad, eficacia y profesionalidad de los servicios de consultoría.

Farapi Kooperatiba Elkartea, ha presentado la documentación exigida por la normativa vigente, de la cual se desprende que cumple los requisitos exigidos por el artículo 2 del Decreto 105/2004, de 8 de junio.

La Comisión Evaluadora ha comprobado que el proyecto remitido por la entidad solicitante ha obtenido más del mínimo de 50 puntos exigido por el artículo 5 del Decreto regulador.

En su virtud, a la vista de la solicitud presentada y de la valoración realizada a la documentación remitida, a propuesta de la Comisión Evaluadora,

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Boletín.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de febrero de 2021.

La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,

MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.

Contenidos relacionados.


Historia normativa

No existe ningún contenido relacionado

Competencias y transferencias

No existe ningún contenido relacionado

Documentación de relevancia jurídica

No existe ningún contenido relacionado