Normativa

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RESOLUCIÓN 64/2023, de 20 de junio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de prórroga por un período de dos cursos escolares adicionales, hasta el 30 de septiembre de 2025, del Convenio suscrito el 9 de febrero de 2021, con las Diputaciones Forales de Alava, Bizkaia y Gipuzkoa, para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2021-2022 y 2022-2023.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 125
  • Nº orden: 3170
  • Nº disposición: 64
  • Fecha de disposición: 20/06/2023
  • Fecha de publicación: 03/07/2023

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda; Organización administrativa; Educación; Actividades económicas
  • Submateria: Hacienda; Economía; Institucional; Información y comunicaciones; Departamentos

Texto legal

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Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Acuerdo de prórroga referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida,

D. Pedro María Azpiazu Uriarte, Consejero de Economía y Hacienda, actuando en nombre y representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi (en adelante CAE).

Dña. Itziar Gonzalo de Zuazo, Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, actuando en nombre y representación de la Diputación Foral de Álava.

D. José María Iruarrizaga Artaraz, Diputado Foral de Hacienda y Finanzas, actuando en nombre y representación de la Diputación Foral de Bizkaia.

D. Jokin Perona Lerchundi, Diputado Foral de Hacienda y Finanzas, actuando en nombre y representación de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Actuando todos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose facultades para la suscripción del presente Acuerdo y en tal sentido,

EXPONEN:

Asimismo, la referida Cláusula Primera, dispone en su párrafo segundo que «Entre tales actuaciones se incluyen las relativas a la adjudicación y gestión de un contrato de servicios para la implantación de dicha unidad didáctica durante los cursos 2021-2022 y 2022-2023, así como la determinación de los criterios de financiación del mencionado contrato por parte de la Administración de la CAE, Diputación Foral de Álava, Diputación Foral de Bizkaia y Diputación Foral de Gipuzkoa».

El contrato podrá ser prorrogado para los cursos 2023-2024 y 2024-2025, si se procede a la prórroga del Convenio entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2021-2022 y 2022-2023, conforme a lo previsto en la cláusula octava del mismo.

Dada la experiencia satisfactoria constatada durante la vigencia del Convenio y, vista la propuesta de prórroga formulada por la Comisión de Seguimiento y Valoración del Convenio, las partes intervinientes suscriben el presente Acuerdo de Prórroga, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

  1. En base a lo anterior, la Administración general de la CAE procederá a activar la prórroga del contrato de servicios en vigor. A tales efectos, el órgano de contratación adoptará el correspondiente acuerdo y dirigirá a la empresa contratista el preaviso en plazo a que se refiere el artículo 29.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del Sector Público.

  1. La distribución del coste de implantación de la unidad didáctica se realizará del siguiente modo:

    1. Costes fijos derivados de los servicios de implantación de la unidad didáctica.

      1. Memorias e informes: memoria diseño definitivo, metodología y planificación, memorias informativas y memoria final.

      2. Material didáctico y plataforma multifuncional.

      3. Otros cuyo coste no esté en función directa del número de centros escolares en que se implante el programa.

        Administración de la CAE: 50 %

        Diputaciones Forales: 50 % restante, distribuido conforme a los coeficientes horizontales regulados en la normativa de Metodología de Distribución de Recursos y de Determinación de las Aportaciones de las Diputaciones Forales a la Financiación de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco que estén vigentes al inicio del primer curso al que resulta de aplicación la prórroga del presente Convenio, es decir, para el curso 2023-2024:

        (Véase el .PDF)

    2. Costes de implantación del programa determinados a partir de un importe unitario por centro educativo que podrá modularse en función de los itinerarios formativos elegidos:

      Administración de la CAE: 50 % del coste correspondiente a la implantación en todos los centros de la CAE en los que se imparta el programa.

      Diputaciones Forales: cada Diputación Foral el 50 % del coste de implantación en los centros de su correspondiente Territorio Histórico.

  2. El escenario de referencia para fijar el coste máximo en el expediente de contratación es el derivado de los siguientes objetivos de grado de implantación, a alcanzar en cada uno de los dos cursos de vigencia de la prórroga del programa:

    (Véase el .PDF)

    En consecuencia, el compromiso económico máximo asumido por las instituciones partícipes es el siguiente:

    (Véase el .PDF)

    (Véase el .PDF)

  3. Dicho importe será financiado por cada una de las administraciones firmantes de este convenio, con cargo a los siguientes programas y partidas presupuestarias:

    (Véase el .PDF)

  4. Será la Administración contratante quien asumirá el abono de los costes derivados de la contratación, sin perjuicio de su posterior repercusión a las Diputaciones Forales. A estos efectos la Administración de la CAE remitirá a cada una de ellas copia de las facturas acreditativas, con indicación del importe que les corresponda, por cada curso escolar, tras lo cual estas procederán a transferir dicho importe a la cuenta de la Tesorería General del Gobierno Vasco antes del 1 de octubre de cada año.

    Y en prueba de su total conformidad, D. Pedro María Azpiazu Uriarte, Dña. Itziar Gonzalo de Zuazo, D. José María Iruarrizaga Artaraz y D. Jokin Perona Lerchundi, en representación de cada una de las Administraciones Públicas intervinientes, firman electrónicamente este Convenio con efectos desde la fecha 18 de mayo de 2023.

    Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi,

    PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.

    Diputación Foral de Álava,

    ITZIAR GONZALO DE ZUAZO.

    Diputación Foral de Bizkaia,

    JOSÉ MARÍA IRUARRIZAGA ARTARAZ.

    Diputación Foral de Gipuzkoa,

    JOKIN PERONA LERCHUNDI.