Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 27 de octubre 2023, del Director de Migración y Asilo, por la que se resuelven las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 7 de junio de 2023, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se aprueban las bases para la concesión de las ayudas económicas a Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV, para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración y para el desarrollo de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural, y se efectúa la convocatoria de las mismas para el año 2023. Segunda línea subvencional: ayudas para actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 216
- Nº orden: 5095
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 27/10/2023
- Fecha de publicación: 13/11/2023
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
- Submateria: Asuntos sociales; Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Función pública
Texto legal
Mediante Orden de 7 de junio de 2023, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales (BOPV de 19-06-2023 n.º 115), se aprueban las bases para la concesión de las ayudas económicas a Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV, para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración y para el desarrollo de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural, y se efectúa la convocatoria de las mismas para el año 2023. En concreto, el Capítulo III de dicha Orden regula la segunda línea subvencional: ayudas para actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural.
El artículo 20 de la Orden mencionada determina el crédito presupuestario de 850.000,00 euros destinados a financiar las ayudas a Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV, para el desarrollo de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural.
Los requisitos y condiciones que deben concurrir en quien realiza la solicitud para acceder a la financiación pública, así como los criterios de adjudicación específicos se determinan en los artículos 19 y 21 de la Orden precitada.
Las Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV detalladas en el Anexo I han solicitado a la Dirección de Migración y Asilo del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, ayudas para actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural.
De conformidad con el artículo 4 de la Orden, la Comisión de valoración reunida el 10 octubre de 2023, elaboró la propuesta de resolución de las solicitudes presentadas en esta línea de ayudas, teniendo en cuenta la anterior normativa.
A la vista del Informe Técnico elaborado por la Comisión de Valoración de la Dirección de Migración y Asilo, y en cumplimiento del artículo 4 de la Orden de 7 de junio de 2023,
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recursos de alzada ante la Viceconsejera de Políticas Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 27 de octubre de 2023.
El Director de Migración y Asilo,
XABIER LEGARRETA GABILONDO.
(Véase el .PDF)
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