Normativa

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RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2024, del Director de HABE, por la que se realiza la convocatoria abierta de 2024, para la acreditación de los niveles B1, B2, C1 y C2 de competencia comunicativa en euskera definidos en el Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: HABE; Cultura y Política Lingüística
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 28
  • Nº orden: 677
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 26/12/2023
  • Fecha de publicación: 07/02/2024

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Medio natural y vivienda; Educación; Organización administrativa
  • Submateria: Agricultura y pesca; Departamentos; Función pública

Texto legal

Al amparo de lo dispuesto en los Decretos 179/2003 y 166/2019 y en la Orden de 9 de septiembre de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, HABE puede realizar convocatorias de acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera establecidos en el HEOC, para las personas que estén interesadas en las mismas.

Por otro lado, el Consejero de Cultura y Política Lingüística aprobó la estructura y la descripción del HEOC, en el marco de su ordenamiento académico, mediante Orden de 22 de julio de 2015, por la que se conformó un proceso de aprendizaje definido en seis niveles (A1: usuario inicial; A2: usuario básico; B1: usuario independiente; B2: usuario avanzado; C1: usuario competente; C2: usuario experto); articulado en base a la interacción sociodiscursiva, basado en un enfoque comunicativo definido mediante acciones comunicativas, en función de las características propias del euskera y que toma en consideración la situación sociolingüística del contexto de aprendizaje. Desde dicho enfoque y visión, la citada Orden define los contenidos (contexto sociolingüístico, temas, géneros textuales, funciones, exponentes textuales, exponentes lingüísticos, estrategias...), las orientaciones metodológicas y los criterios de evaluación.

Así mismo, esta convocatoria de 2024 contempla, para las personas sordas con discapacidad auditiva severa, la posibilidad de evaluar y acreditar parcialmente las destrezas lingüísticas de comprensión y expresión escrita de los niveles de competencia comunicativa de los niveles B1 y B2 definidos en el HEOC, de acuerdo al artículo 13 de la Orden de 9 de septiembre de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, quedando supeditada la eficacia de las certificaciones así obtenidas al reconocimiento que la futura disposición en materia de normalización del uso del euskera en las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma Vasca, actualmente en tramitación, u otras que se aprueben, en su caso, en relación con estas certificaciones, otorguen a las certificaciones parciales.

Por todo ello,