Normativa

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RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2023, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la ampliación del crédito presupuestario, correspondiente al ejercicio 2023, del programa de subvenciones a empresas, que realicen inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para impulso de la Zona Margen Izquierda Ampliada y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 5 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Indartu 2023.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 122
  • Nº orden: 3095
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 20/06/2023
  • Fecha de publicación: 28/06/2023

Ámbito temático

  • Materia: Actividades económicas; Economía y Hacienda; Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
  • Submateria: Industria; Hacienda; Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Economía

Texto legal

La Orden de 18 de abril de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convoca, para el ejercicio 2023, el programa de subvenciones a empresas, que realicen inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para impulso de la Zona Margen Izquierda Ampliada y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 5 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Indartu 2023 (BOPV n.º 81, de 2 de mayo de 2023). Destina, a dicho fin, la cantidad de 12.000.000,00 de euros.

El artículo 2 de la citada Orden, Recursos Económicos, dispone lo siguiente:

  1. Según los créditos autorizados por la Ley 15/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio de 2022, la presente convocatoria de subvenciones cuenta con suficiente cobertura presupuestaria, así los recursos económicos destinados a la finalidad del artículo 1 ascienden a la cantidad de 12.000.000,00 de euros.

  2. El volumen total de las subvenciones a conceder no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente y con carácter previo a la resolución de las mismas. De darse esta circunstancia la misma se haría pública, mediante resolución del Viceconsejero de Industria, en el Boletín Oficial del País Vasco. No procederá la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, inadmitiéndose nuevas solicitudes a partir del momento en que se publique este hecho.

    Por lo expuesto, con el fin de atender al mayor número posible de solicitudes presentadas al Programa Indartu 2023 en el presente ejercicio,