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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 42, martes 3 de marzo de 2015


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1019

ACUERDO de 23 de febrero de 2015, del Consejo de Administración de Osakidetza- Servicio vasco de salud, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ente Público para el ejercicio 2015.

En el Acuerdo de 9 de diciembre de 2014 por el que se vino a aprobar la Oferta de Empleo Público de Osakidetza-Servicio vasco de salud para el ejercicio 2014 se hacía una referencia expresa al Plan de Ordenación de Recursos Humanos 2014-2016, el cual define una serie de líneas de actuación, entre las cuales se identifica un cambio cultural con las personas como motor, una planificación de RRHH de acuerdo con las necesidades y una eficiencia en la gestión de personas, como eje del sistema.

Por otra parte, también se hacía referencia a la necesidad de avanzar en la planificación y ordenación de los recursos humanos de Osakidetza de acuerdo con las nuevas necesidades organizativas, para lo que es preciso, entre otras acciones, planificar actuaciones de mejora continua en los procesos de selección y provisión.

La Oferta de Empleo Público 2015 va a impulsar, junto a la realización conjunta de los dos procesos selectivos 2014 y 2015, la consolidación de empleo estable y de calidad.

La Oferta de Empleo Público de Osakidetza para el año 2015 se configura mediante la aplicación del límite porcentual del 50 por ciento de la tasa de reposición de efectivos establecida como norma básica en materia de ofertas de empleo público para este ejercicio conforme a la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.

Tal como se indicaba en el Acuerdo de 9 de diciembre de 2014, por razones de economía, eficacia y eficiencia en la gestión de los procesos selectivos, el Consejo de Administración entendía que ambos procesos selectivos, correspondientes a los años 2014 y 2015 deben de enmarcarse dentro de un proceso global que incluya las ofertas de empleo público de estos años.

El conjunto de las plazas que se incorporen a la oferta acumulada responderá a las necesidades que para las distintas categorías profesionales se consideren de incorporación prioritaria.

La distribución de las plazas por categorías profesionales, así como las bases de las convocatorias serán objeto de negociación en la Mesa Sectorial de Sanidad y, tras su aprobación por este Consejo de Administración, se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco.

Así mismo, en consonancia con el Plan de Ordenación de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud para el periodo 2014-2016, la oferta de empleo público incorporará, junto a las plazas que deban proveerse por personal de nuevo ingreso, otras plazas para su provisión mediante procesos de promoción interna.

Ambas convocatorias, la de turno libre y la de promoción interna, se desarrollarán de manera conjunta.

En consonancia con lo expuesto, y en cumplimiento de las previsiones del artículo 37.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, de Estatuto Básico de Empleo Público, en lo referente a la OPE 2015, la Mesa Sectorial de Sanidad ha celebrado reuniones los días 15 de septiembre, 22 de octubre y 24 de noviembre de 2014, y 18 de febrero de 2015, con el objeto de negociar y alcanzar acuerdos para la fijación de criterios generales. En las citadas reuniones Osakidetza ha manifestado su voluntad de negociar la oferta pública de empleo para el ejercicio 2015, al igual que se negoció la de 2014 con sujeción al marco legal vigente, en especial en cuanto a la tasa de reposición autorizada para el presente ejercicio. También ha manifestado su voluntad de incorporar plazas para su cobertura mediante procesos de promoción interna.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Dirección General, conforme al artículo 8.5.f) del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2015, adopta el siguiente

ACUERDO:

Primero.– Se aprueba la convocatoria de la oferta pública de empleo en Osakidetza-Servicio vasco de salud para el año 2015 para el acceso a la condición de personal estatutario fijo.

El número total de puestos que integran la oferta pública de empleo del 2015 asciende a la cantidad de 320.

Segundo.– En desarrollo del Plan de Ordenación de Recursos Humanos de Osakidetza se aprueba la convocatoria de procesos selectivos de promoción interna para la cobertura de 320 plazas.

Tercero.– Los procesos de acceso a la condición de personal estatutario fijo y de promoción interna previstos en los apartados anteriores se desarrollarán de manera conjunta, con arreglo al sistema de concurso oposición. Todas las fases de ambos procesos se someterán a los principios generales de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, y se desarrollarán con la máxima transparencia.

Cuarto.– La determinación de las categorías objeto de la convocatoria se realizará mediante la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de las correspondientes convocatorias.

Quinto.– Por motivos de racionalización y eficacia de los procesos selectivos, se acumularán las plazas correspondientes a la oferta pública de empleo 2014, aprobada por acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud de 9 de diciembre de 2014, a las incluidas en el presente acuerdo.

La ejecución de las ofertas de empleo público del año 2014 y del año 2015 se realizará de forma conjunta, a través de una única convocatoria del proceso selectivo en el que se incluirá el número total de plazas vacantes de ambas ofertas.

Sexto.– En todo caso, de la oferta resultante deberá reservarse el 7% de los puestos convocados, tanto por el turno libre como de promoción interna, para su cobertura por personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%, siempre que superen las pruebas y acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes.

La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.

Séptimo.– La gestión de las actuaciones para el desarrollo de los procesos selectivos se realizará conforme a lo que determinen las bases generales y las específicas de las respectivas convocatorias.

Octavo.– Se encomienda a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud la gestión, conforme a las bases generales y específicas, de los procesos selectivos que se convoquen y se le faculta para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para su ejecución, incluyendo la determinación de los puestos a convocar, la designación de los tribunales calificadores y la resolución de las convocatorias y adjudicación de destinos.

Noveno.– El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Contra el mismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de febrero de 2015.

El Presidente del Consejo de Administración,

JON DARPÓN SIERRA.


Análisis documental