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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 64, miércoles 2 de abril de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE BILBAO
1559

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 805/13 seguido sobre comunidad de bienes.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario 805/13 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Bilbao (Bizkaia) a instancia de Pascual Ondo Ekiri Divanga, Carlos Ndong Ekiri Oye y Aristoteles Ondo Ekiri Oye contra Reginaldo Mbo Ondo Nfono, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 50/14

Juez que la dicta: D.ª Ana Garcia Orruño.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: once de marzo de dos mil catorce.

Parte demandante: Pascual Ondo Ekiri Divanga, Carlos Ndong Ekiri Oye y Aristoteles Ondo Ekiri Oye.

Abogado: Jon Orbeta Berriatua, Jon Orbeta Berriatua y Jon Orbeta Berriatua.

Procurador: Aranzazu Alegria Guereñu, Aranzazu Alegria Guereñu y Aranzazu Alegria Guereñu.

Parte demandada: Reginaldo Mbo Ondo Nfono.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio: comunidad de bienes.

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Aranzazu Alegria, en nombre y representación de D. Carlos Ndong Ekiri Oye y D. Aristóteles Ndong Ekiri Oye contra D. Reginaldo Mbo Ondo Nfono y declarar disuelta la comunidad dominical existente sobre la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Bilbao n.º 3, Tomo 1920, Libro 460, Folio 163, inscripción 3.º Finca de Bilbao 8 n.º 3124/B comunica con el portal n.º 1 de la misma calle.

Para la efectividad de la disolución y a falta de acuerdo sobre la adjudicación se acuerda su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, repartiendo posteriormente el metálico que se obtenga entre los copropietarios conforme a su cuota de participación, siendo los gastos derivados de la titularidad de inmueble en el mismo sentido y proporción.

No se hace pronunciamiento sobre las costas.

Así por ésta mi sentencia, que se notificará las partes en legal forma, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4705 0000 00 0805 13, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Reginaldo Mbo Ondo Nfono, extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia) a once de marzo de dos mil catorce.

LA SECRETARIO.


Análisis documental