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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 64, miércoles 2 de abril de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
1555

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2014, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el procedimiento para la desafectación de los inmuebles n.º 6 y 8 de Kale Nagusia de Azkoitia (Gipuzkoa).

La Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco (BOPV n.º 157, de 6 de agosto) establece en su artículo 36 la prohibición del derribo de los bienes culturales calificados y de los inventariados sin la previa declaración de ruina y autorización expresa de la Diputación Foral, siendo preciso asimismo la autorización previa del Gobierno Vasco sobre la desafectación.

En desarrollo de la citada normativa se dicta el Decreto 306/1998, de 10 de noviembre, sobre la declaración de estado ruinoso de los bienes culturales calificados y de los inventariados y actuaciones previas y posteriores a la resolución sobre el derribo de los mismos (BOPV n.º 226, de 26 de noviembre).

De conformidad con el Decreto 306/1998 citado, el Ayuntamiento de Azkoitia remitió al Centro de Patrimonio Cultural Vasco la solicitud por la que se insta la desafectación de los inmuebles situados en los números 6 y 8 de Kale Nagusia, en el Casco Histórico de Azkoitia, por considerar que están en situación de ruina.

Estos inmuebles son elementos de protección básica, en virtud del Decreto 17/2005, de 25 de enero, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Azkoitia, y se fija su régimen de protección (BOPV n.º 24, de 4 de febrero).

A la vista de los informes técnicos, el expediente de ruina y las actuaciones seguidas, el Consejo Asesor del Patrimonio Arquitectónico Monumental de Euskadi, en la sesión de 4 de diciembre de 2013, acordó la desafectación de los inmuebles n.º 6 y 8 de Kale Nagusia de Azkoitia y su inclusión entre los elementos de protección morfológica.

Vista la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, y de acuerdo a lo establecido al efecto en el artículo 17 del Decreto 306/1998, de 10 de noviembre, sobre la declaración de estado ruinoso de los bienes culturales calificados y de los inventariados y actuaciones previas y posteriores a la resolución sobre el derribo de los mismos,

RESUELVO:

Primero.– Incoar el procedimiento de desafectación de los inmuebles n.º 6 y 8 de Kale Nagusia en Azkoitia, elementos de protección básica en virtud del Decreto 17/2005, de 25 de enero, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Azkoitia (Gipuzkoa) y se fija su régimen de protección (BOPV n.º 24, de 4 de febrero), para eliminarlos del listado de protección básica e incluirlos entre los elementos de protección morfológica.

Segundo.– Abrir un periodo de información pública y audiencia a los interesados del expediente de desafectación de los inmuebles n.º 6 y 8 de Kale Nagusia, en Azkoitia, para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz.

Tercero.– Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Azkoitia, a los Departamentos de Cultura, Juventud y Deporte y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Diputación Foral de Gipuzkoa y al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco.

Cuarto.– Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa para su general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de marzo de 2014.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI.


Análisis documental