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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 92, miércoles 20 de mayo de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
2189

RESOLUCIÓN de fecha 4 de mayo de 2015 del Viceconsejero de Industria, por la que se declara la utilidad pública por ampliación de la franja libre de arbolado en el entorno de la línea eléctrica aérea a 30 kV denominada Leioa-Gorliz 1 y 2, en su tramo entre la S.T. Leioa y la S.T.R. Gorliz, y sus derivaciones, en los términos municipales de Leioa, Getxo, Berango, Sopelana, Urduliz, Barrika, Plentzia, Górliz y Lemoiz.

Ref.: L-8148 ASS/TLE

Expte.: 48-AT-H-2014-65

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 19 de diciembre de 2014, la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con domicilio en Bilbao, Avda. San Adrián 48, solicita la declaración en concreto de su utilidad pública de la línea arriba referenciada a los efectos de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ampliación de la servidumbre de la misma, por razón del incremento de la franja libre de arbolado, aportando la documentación correspondiente con objeto de dar cumplimiento a la Resolución de 8 de marzo de 2011 del Director de Energía y Minas por la que se establecen prescripciones específicas para el paso de líneas de alta tensión por zonas de arbolado.

2.– A los efectos previstos en el Art.10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV 23-12-2002) y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE 27-12-2000), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOB con fecha 02-02-2015, en el BOPV con fecha 22-01-2015 y en el Diario El Correo con fecha 10-02-2015, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar.

3.– Con fecha 14 de enero de 2015 se remitió oficio a los Ayuntamientos de Leioa, Getxo, Berango, Sopelana, Urduliz, Barrika, Plentzia, Górliz y Lemoiz, a fin de que procediese a la exposición del anuncio relativo a la actuación propuesta en el Tablón de Edictos de los mismos, así como petición de informe de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública de la instalación a dichos Ayuntamientos, y en su caso, se procedió a su reiteración.

4.– Dentro del período de información pública establecido al efecto, han sido presentado escrito aclaratorio del Ayuntamiento de Barrika, del que se toma nota a efectos de la titularidad de determinada parcela.

5.– Por cuanto a las alegaciones de los particulares, han sido presentadas por D. José Antonio Inchaurtieta en representación de Dña. Pilar Larrazabal Aldecoa, de cuya notificación se toma nota en cuanto a la propiedad de la parcela n.º 44. Por cuanto a su solicitud sobre las parcelas 31 y 33, manifiesta la Beneficiaria que no se encuentran afectadas por ninguna actuación, y en cambio la parcela 24 sí lo está. Y por cuanto a los apoyos situados en las parcelas 29 y 33, éstos son elementos existentes de dicha línea y no son objeto de este expediente, manifiesta la Beneficiaria.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Ley de 16 de abril de 1954, de expropiación forzosa, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco, Resolución de 8 de marzo de 2011 del Director de Energía y Minas por la que se establecen prescripciones específicas para el paso de líneas de alta tensión por zonas de arbolado.

2.– Visto el informe de 4 de mayo de 2015 de la Delegación de Bizkaia.

3.– El Viceconsejero de Industria de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV de 24-04-2013),

RESUELVE:

1.– Declarar, en concreto, la Utilidad Pública por ampliación de la franja libre de arbolado en el entorno de la línea eléctrica aérea a 30 kV denominada Leioa-Gorliz 1 y 2, entre la S.T. Leioa y la S.T.R. Gorliz, y sus derivaciones, en los siguientes tramos:

(Véase el .PDF)

Esta Declaración lleva implícita, a tenor de lo dispuesto en el artículo 55 de la citada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implica la urgente ocupación de los mismos, determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos registrales del artículo 53 de la misma.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de mayo de 2015.

El Viceconsejero de Industria,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.


Análisis documental