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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 136, jueves 12 de julio de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
3169

DECRETO 122/2012, de 3 de julio, de corrección de errores del Decreto 79/2012, de 22 de mayo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera y a personal laboral. Este Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones, entre las cuáles se encuentra el Decreto 105/2007, de 26 de junio, que modifica las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi derivadas del proceso de Análisis Funcionales.

Contra el citado Decreto 105/2007 se han interpuesto varios recursos contencioso-administrativos, algunos de los cuáles han dado como resultado sentencias estimatorias, totales o parciales, emitidas por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que anulan parcialmente el Decreto impugnado; en concreto, Sentencia de 25 de junio de 2010, emitida en el recurso contencioso-administrativo n.º 1556/07, en relación con el puesto Técnico/a Euskaldunización, código 510690, dotación 8, de la Subdirección de Euskera del Instituto Vasco de Administración Pública.

Con fecha 13 de septiembre de 2010, se emite Resolución de la Directora de Función Pública por la que se ordena ejecutar la citada sentencia. Mediante Edicto de fecha 1 de septiembre de 2010 (BOPV de fecha 3 de noviembre de 2010) se da publicidad al fallo de la sentencia mencionada.

Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 18 de la Ley 6/1989, de 6 de julio.

La adecuada ejecución de la citada Sentencia, que anula parcialmente el Decreto 105/2007, de 26 de junio, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma de Euskadi, conlleva la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, según el procedimiento previsto al efecto. Por otro lado, los efectos que se deriven de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, tanto administrativos, como, en su caso, económicos, se deberán retrotraer a la fecha de efectos del Decreto parcialmente anulado, 1 de julio de 2007, en ejecución de esa misma sentencia.

De conformidad con lo previsto en el artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, «los errores y omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango».

Advertidos errores de dicha índole en el Decreto citado en el encabezamiento, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 105, de 30 de mayo, en relación con la modificación del puesto Técnico/a Euskaldunización, código 510690, dotación 8, se procede a su oportuna corrección.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 3 de julio de 2012,

DISPONGO:

Artículo primero.– Corregir los errores detectados en la disposición final del Decreto 79/2012, de 22 de mayo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma, de la siguiente forma:

En la disposición final, donde dice:

«El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco».

Debe decir:

«El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, a excepción de la modificación del puesto Técnico/a Euskaldunización, código 510690, dotación 8, que surtirá efectos el 1 de julio de 2007».

Artículo segundo.– Corregir los errores detectados en la página 3 del anexo I del Decreto 79/2012, de 22 de mayo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma, en el sentido indicado en el anexo al presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 3 de julio de 2012.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

IDOIA MENDIA CUEVA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental