Premio "Jesús María Leizaola" 2024 para trabajos de investigación sobre Autonomía Vasca, Autogobierno Vasco y/o Gobernanza Pública.

[premio_leizaola_2024]

Descripción


Objeto

Convocar el premio “Jesús María Leizaola” 2024 para trabajos de investigación inéditos, consistentes en monografías, elaborados desde cualquier perspectiva científica, cuyo objeto se refiera a:

a) La autonomía vasca, el autogobierno vasco, la organización territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y/o

b) La gobernanza pública ante los retos de la globalización, de la transformación digital, del cambio climático, o de otros retos que incidan en el desarrollo de las políticas públicas del siglo XXI.

Se tendrán por inéditos aquellos trabajos que no hayan sido objeto de divulgación o publicación en los términos de la legislación de propiedad intelectual. En consecuencia, no podrán ser considerados trabajos inéditos aquellos que ya han sido publicados, divulgados, o puestos a disposición del público, mediante medios telemáticos, ya sea en internet o en otras redes. Por ello, en el supuesto de trabajos incluidos en repositorios de producción científica o literaria, su condición de inédito únicamente podrá reconocerse en los supuestos en que conste fehacientemente que se han mantenido, durante todo el tiempo de su inclusión en tales repositorios, en situación de embargo o completa restricción de su acceso por el público general o especializado.

Dotación presupuestaria

30.000 euros

Prestación económica

El premio contará con la siguiente dotación económica:

a) Primer premio: 20.000 euros.

b) Accésit: 10.000 euros.

Los criterios de valoración para la concesión del Premio y del accésit son la calidad científico-técnica de los trabajos y la relevancia de las aportaciones que realicen.

El Jurado podrá proponer la concesión del Premio y/o el accésit ex aequo a varias obras; en tal caso las cuantías previstas en la presente convocatoria se prorratearán entre los trabajos premiados.

Asimismo, el Jurado podrá proponer declarar el Premio y/o el accésit desierto en el caso de que estime que ninguno de los trabajos presentados cumple los requisitos o las condiciones de calidad exigibles.

Si el premio o el accésit se otorgaran a un trabajo presentado por un grupo, todos los integrantes del grupo serán considerados beneficiarios del mismo a los efectos legales que procedan. El importe del premio o del accésit se distribuirá en función del porcentaje de participación que el grupo de trabajo haya determinado para cada una de las personas que lo integren; en caso de que no se haya especificado nada, se repartirá a partes iguales entre cada miembro del grupo de trabajo.

Forma de pago:

El pago de los premios se realizará, en una sola vez, tras la adjudicación de los mismos.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Podrán optar al premio tanto personas individuales como equipos de trabajo formados al efecto. En el supuesto de que se trate de grupos de trabajo, se acreditará convenientemente la persona que se responsabilice de la dirección del equipo de investigación. Asimismo, deberá hacerse constar expresamente, en la solicitud, el porcentaje de participación de cada integrante del grupo, en el trabajo presentado.
  • Presentar un trabajo de investigación.

Requisitos

  • No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo.

  • No concurrir en cualquier otra de las causas señaladas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones

  • Los trabajos de investigación no tendrán identidad sustancial con cualquier trabajo de investigación que hubiese sido presentado en ediciones anteriores del premio

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Organismos


Organismo que convoca

  • IVAP - Instituto Vasco de Administración Pública > Dirección de IVAP

Organismo que resuelve

  • IVAP - Instituto Vasco de Administración Pública > Dirección de IVAP

Información de contacto


En cualquiera de las siguientes direcciones del IVAP:

a) Donostia, 1. 01010 Vitoria-Gasteiz
b) Alameda de Recalde, 18. 48009 Bilbao
c) San Bartolomé, 28. 20007 Donostia-San Sebastián
d) Universidad, s/n. 20560 Oñati

El horario de atención al público es de 08:30 a 14:00; de lunes a viernes.

Contacto telefónico: 945-017667

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0029411

Solicitud y aportación de documentación


Si la persona que presenta la solicitud forma parte de un equipo de investigación deberá seleccionar Persona/entidad interesada del expediente en el apartado Actúa como.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Un máximo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites