Premios Euskadi al Comercio Vasco 2022

[EMS]

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente Orden es distinguir a quienes destaquen por su labor a favor del comercio en el ámbito de la Comunidad Autónoma Vasca, respetando los principios de igualdad establecidos en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y sus modificaciones, así como una apuesta decidida por la sostenibilidad.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Personas físicas, titulares de una empresa comercial que lleve a cabo una actividad económica con ánimo de lucro, desarrollada en la Comunidad Autonóma del Pais Vasco.

Personas jurídicas privadas

Requisitos:

  • Personas jurídicas, titulares de una empresa comercial que lleve a cabo una actividad económica con ánimo de lucro, desarrollada en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Asociaciones

Requisitos:

  • Asociaciones que hayan acometido actividades singulares, innovadoras o bien hayan significado una capacidad tractora importante, y cuyo ámbito de actuación se sitúe, así mismo, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Ayuntamientos vascos

Requisitos:

  • Ser ayuntamiento de la Comunidad Autómona de Euskadi

Organismos


Organismo que convoca

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Organismo que resuelve

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Información de contacto


Departamento de Turismo, Comercio y Consumo

Dirección de Comercio

Tel. 945 01 99 63

E-mail:dico@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1072803

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2022.

No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 23:59:59 horas del último día de presentación de solicitudes.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El Consejero de Turismo, Comercio y Consumo resolverá en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la propuesta realizada por el jurado y se publicará en el BOPV mediante Orden del Consejero.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Otros trámites