Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo - Ejercicio 2021

Objetivos

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

En orden a cumplir con esa exigencia, el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo ha concretado en un plan el conjunto de programas y actuaciones subvencionales que durante el año 2021 pretende ejecutar para seguir avanzando en la implantación y desarrollo de las líneas de actuación e iniciativas estratégicas asumidas y plasmadas en el Programa de Gobierno Euskadi 2020-2024 de la XII. legislatura. Un plan con el que se pretende lograr un crecimiento turístico sólido, con más y mejor empleo, y fomentar la transformación y competitividad del sector comercial en Euskadi, que se ha confeccionado partiendo de los resultados obtenidos de la ejecución de los programas y actuaciones subvencionales llevados a cabo a lo largo de los últimos años. El detalle de actuaciones incluidas en el plan se ha efectuado atendiendo a los principios previstos en los artículos 3 y 49.1 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; a la Ley 13/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020; y a las instrucciones que incorpora la Circular nº 01/15

1.- Justificación del Plan

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece en su artículo 8.1 la obligatoriedad de contar con un Plan Estratégico de Subvenciones en el que se identifiquen, en relación con las subvenciones del Departamento, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su concesión, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Para orientar la actuación de los departamentos en el cumplimiento del citado precepto, la Oficina de Control Económico ha aprobado la Circular nº 1/2015, sobre elaboración de los Planes estratégicos de subvenciones, que recoge una serie de medidas orientadas a la elaboración y aprobación de los referidos planes. En cumplimiento de dicha Circular se ha elaborado el Plan, con el contenido establecido en la misma y el exigido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2.- Ámbito de aplicación

El Plan recoge la actividad subvencional del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo. La actividad subvencional del organismo autónomo Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo es objeto de otro documento de planificación. No se recoge actividad subvencional de la sociedad pública Basquetour- Turismoaren Euskal Agentzia- Agencia Vasca de Turismo, S.A., al no estar prevista. El escenario temporal del plan es el ejercicio presupuestario 2021. Las fichas correspondientes a los distintos programas subvencionales recogen asimismo las dotaciones presupuestarias correspondientes a 2021.

3.- Contenido del Plan 

El Plan, de carácter programático, se configura como un instrumento de planificación de la política del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo en las áreas estratégicas de su actuación. Por su parte, con las acciones contenidas en este Plan se pretende contribuir, desde la perspectiva turística, al crecimiento sostenible de Euskadi y apoyo a la diversificación de nuestra economía; y desde la perspectiva comercial al crecimiento económico local y a la creación de empleo. En el Plan estratégico se incluyen las medidas para la recuperación y mantenimiento del empleo y la actividad, apoyando la liquidez de las empresas, en especial de las pymes y autónomos, así como iniciativas de impulso al consumo en la hostelería y en los servicios turísticos y de regeneración del sector comercial y hostelero.

4.- Identificación de Ejes estratégicos y objetivos

El Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo se alinea con los compromisos del Programa de Gobierno de la XII Legislatura Euskadi y, dentro de estos, con aquellos a los que responde el ámbito de actuación del Departamento y que corresponde con el Eje Estratégico nº 1 del citado Plan de Gobierno Prosperidad. El empleo y la reactivación económica.

Legislatura

XII Legislatura