Normativa

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Orden de 28 de junio de 2021, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se modifica la orden por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales para el año 2021.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
  • Estado vigencia: Vigente
  • Boletín oficial: ---
  • Nº boletín: ---
  • Nº orden: ---
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: ---
  • Fecha de publicación: ---

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Institucional

Texto legal

ORDEN DE 28 DE JUNIO DE 2021, DE LA CONSEJERA DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES PARA EL AÑO 2021.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que “los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”. Este precepto tiene el carácter de legislación básica del Estado.

En cumplimiento de lo anterior, la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, mediante Orden de 23 de diciembre de 2020, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el año 2021.

Mediante Real-Decreto- Ley 15/2018 de 5 de octubre de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores se articuló un nuevo programa de ayudas destinada a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente y a cocina denominada “Bono Social Térmico”. Para ello, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico transfirió al Gobierno Vasco el montante para hacer frente al pago correspondiente al ejercicio 2020.

Ahora bien, y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del mencionado Real Decreto Ley 15/2018, la gestión y el pago de la ayuda corresponde a las Comunidades Autónomas, motivo por el cual, por Orden de 9 de junio de 2021 de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales se procedió a regular la gestión, resolución y pago del bono social térmico correspondiente al año 2020.

En definitiva, el Bono Social Térmico es un programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en personas consumidoras vulnerables, en concreto, en las personas beneficiarias del bono social de electricidad

Tal iniciativa no está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento para el año 2021, por lo que procede modificar dicho plan a fin de cumplir con la normativa vigente.

En consecuencia con lo expuesto, y en virtud de las competencias otorgadas por el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en relación con el Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales,

RESUELVO

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales para el año 2021, añadiendo la línea subvencional de la Dirección de Servicios Sociales correspondiente a la Ayuda destinada a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables en lo que respecta a energía destinada a calefacción, a agua caliente sanitaria y a cocina, denominada “Bono Social Térmico” para el año 2020, descrita en los Anexos 2, 3 y 4 que se adjuntan a la presente Orden.

Segundo.- Ordenar que se dé publicidad mediante su inserción en la página web del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, siéndole de aplicación asimismo cualesquiera otras disposiciones en materia de información y transparencia previstas en cada momento en el ordenamiento jurídico.

La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

BEATRIZ ARTOLAZABAL ALBENIZ 

ANEXO

ORDEN DE 28 DE JUNIO DE 2021, DE LA CONSEJERA DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES PARA EL AÑO 2021.  (Ver PDF (PDF, 65 KB))

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