Normativa

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Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico para el periodo 2025-2028

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Bienestar, Juventud y Reto Demográfico
  • Estado vigencia: Vigente
  • Boletín oficial: ---
  • Nº boletín: ---
  • Nº orden: ---
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: ---
  • Fecha de publicación: ---

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Institucional

Texto legal

ORDEN DE 24 DE ABRIL DE 2025, DE LA CONSEJERA DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO, POR LA QUE SE MODIFICA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO PARA EL PERIODO 2025-2028

La Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, en su artículo 6 establece que la actividad subvencional a desarrollar por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi debe ser objeto de planificación previa, para lo cual se procederá a aprobar el correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones (PES).

Dicho Plan debe contener los objetivos y efectos pretendidos junto con el plazo necesario para su consecución y los costes previsibles, así como las fuentes de financiación y las acciones e indicadores relacionados con los objetivos que permitan su seguimiento y evaluación, estando supeditado en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

En cumplimiento de lo anterior, la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico dictó, el 21 de febrero de 2025, la Orden por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico para el periodo 2025-2028.

Entre las subvenciones recogidas en dicho Plan Estratégico no se encuentra las ayudas de Asistencia Material Básica cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus 2021-2027. Dicha ayuda no consta porque a pesar de que la atención directa a la ciudadanía en materia de servicios sociales es competencia de las Comunidades autónomas, y debido a la dificultad de poner en marcha la gestión de la ayuda y para evitar que se no pudiera implantarse igualmente en todos los territorios en igualdad de condiciones para las personas y familias y para garantizar la continuidad de la prestación, en el primer año de arranque del programa, éste sufrió una modificación de manera que en 2024 se gestionaría por parte del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 de manera provisional y transitoria pero quedaría en manos de las Comunidades Autónoma la gestión del programa en su integridad el año 2025.

El Programa FSE+ de Asistencia Material Básica (en adelante Programa Básico), viene a sustituir al Programa Operativo FEAD 2014-2020 que ha consistido en la entrega de alimentos en especie a través de entidades de reparto y sus entidades colaboradoras. Una de las principales novedades de este Programa es la sustitución del sistema de suministro de alimentos y productos de higiene por un sistema de provisión de tarjetas de compra o vales canjeables que permitan a las familias beneficiarias adquirir alimentos frescos y aquellos productos que consideren más necesarios en su situación particular.

Tiene como propósito responder a la necesidad de cobertura de asistencia material básica de familias con menores a cargo, en situación de pobreza severa. La provisión de la ayuda se realiza de forma indirecta mediante un sistema común de tarjetas o vales canjeables por productos de alimentación y otros artículos básicos de higiene. La configuración del Programa FSE+, prevé, además, la necesidad de proporcionar una serie de medidas de acompañamiento a las personas destinatarias de forma que complementen las actuaciones dirigidas a favorecer la inclusión social de esas personas y familias beneficiarias de la asistencia material básica.

Por otro lado, en el Plan Estratégico de Subvenciones, la subvención “avanzar en trabajo en red en violencia de género” está incluido en la Dirección de Promoción del Tercer Sector Social y la Acción Comunitaria, cuando debería estar en la Dirección de Apoyos a la Vida Plena.

En consecuencia, con lo expuesto, y en virtud de las competencias otorgadas por al Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en relación con el Decreto 320/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico,

RESUELVO

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico para el periodo 2025-2028 para incluir en el mismo la ayuda cofinanciada por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) de asistencia material básica.

En concreto se añade al apartado II (Dirección de Promoción del Tercer Sector Social y la Acción Comunitaria) del epígrafe 4 (Resumen de líneas subvencionales) un nuevo subapartado  numerado como 4 y denominado “Ayudas cofinanciada por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) de asistencia material básica” y se incorporan los datos relativos a dicha línea subvencional, en los términos que figuran en el Anexo I de la presente Orden.

Segundo.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico para el periodo 2025-2028, para incluir correctamente la subvención “avanzar en trabajo en red en violencia de género” en la Dirección de Apoyos a la Vida Plena.

Tercero.- Ordenar que se dé publicidad mediante su inserción en la página web del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, siéndole de aplicación asimismo cualesquiera otras disposiciones en materia de información y transparencia previstas en cada momento en el ordenamiento jurídico.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de abril de 2025.

La Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico
NEREA MELGOSA VEGA

ANEXO

ORDEN DE 24 DE ABRIL DE 2025, DE LA CONSEJERA DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO, POR LA QUE SE MODIFICA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO PARA EL PERIODO 2025-2028 (Firmado electrónicamente) (ver.pdf) 

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