Normativa

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ORDEN de 22 de julio de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de los Premios «Joxe Mari Korta» para el ejercicio 2014, dentro del marco establecido por la Orden del Consejero de Industria e Innovación, de 29 de julio de 2009, por la que se regulan los Premios «Joxe Mari Korta».

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico y Competitividad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 163
  • Nº orden: 3669
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 22/07/2014
  • Fecha de publicación: 29/08/2014

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Economía y Hacienda
  • Submateria: Institucional; Economía

Texto legal

La Orden del Consejero de Industria, e Innovación, de 29 de julio de 2009 (BOPV n.º 151, de 10 de agosto de 2009), modificada mediante Orden del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, de 20 de abril de 2011 (BOPV n.º 92, de 17 de mayo de 2011), regula los Premios «Joxe Mari Korta».

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de los premios correspondientes al ejercicio 2014, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 4 de la Orden de referencia

Es objeto de la presente Orden la convocatoria para el ejercicio 2014 de los Premios previstos en la Orden de 29 de julio de 2009, del Consejero de Industria e Innovación, modificada mediante Orden de 20 de abril 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan los Premios «Joxe Mari Korta».

Podrán ser beneficiarias de los premios convocados por la presente Orden las personas físicas descritas en el artículo 3 de la Orden reguladora.

Las candidaturas presentadas deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden tal y como exige el artículo 5 de la Orden reguladora.

  1. Las candidaturas y demás documentación preceptiva deberán dirigirse, a la Dirección de Gabinete y Comunicación del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, c/ Donostia-San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz, por cualquiera de los medios especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  2. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden.

La presente Orden de convocatoria surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de julio de 2014.

La Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.