Se ha aprobado la Orden HAC/34/2026, de 21 de enero , que fija la relación de subgrupos de clasificación de contratistas de obras para los cuales, a los únicos efectos de acreditación de la solvencia técnica/experiencia para la clasificación y asignación de categorías, se tendrá en cuenta la obra ejecutada en los últimos diez años (anteriores al inicio del procedimiento de clasificación o de revisión), así como la ejecutada durante el año en curso.
La orden se dicta con el objetivo de garantizar un nivel adecuado de competencia y concurrencia en contratos de obras, atendiendo a que en determinados subgrupos se constata un volumen reducido de obra licitada y/o un número muy pequeño de empresas clasificadas.
Se aplicará el cómputo de 10 años + año en curso a los efectos indicados en los siguientes subgrupos:
- A05: Túneles.
- B03: De hormigón pretensado.
- B04: Metálicos.
- D01: Tendido de vías.
- D02: Elevados sobre carril o cable.
- D03: Señalizaciones y enclavamientos.
- D04: Electrificación de ferrocarriles.
- E02: Presas.
- E03: Canales.
- E06: Conducciones con tubería de presión de gran diámetro.
- F01: Dragados.
- F02: Escolleras.
- F04: Con cajones de hormigón armado.
- F05: Con pilotes y tablestacas.
- F06: Faros, radiofaros y señalizaciones marítimas.
- F08: Emisarios submarinos.
- G01: Autopistas, autovías.
- H01: Oleoductos.
- H02: Gasoductos.
- I03: Líneas eléctricas de transporte.
- K01: Cimentaciones especiales.
- K03: Tablestacados.
La Orden entra en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE (28 de abril de 2026).
