- La medida pretende evitar problemas de inseguridad jurídica que pudiera causar una redacción inadecuada desde el punto de vista lingüístico
- Las leyes afectadas son la del Himno oficial de Euskadi, la Sede de las Instituciones de la CAE, el Régimen jurídico del IVAP, la Escuela Pública Vasca, los Cuerpos docente de la Enseñanza no Universitaria de la CAE y la de reconocimiento de Mondragon Unibertsitatea
El Gobierno Vasco ha aprobado hoy los decretos legislativos necesarios para actualizar y armonizar la versión en euskera de seis leyes, de forma que quede garantizada la equivalencia de las dos versiones lingüísticas (euskera y castellano) de esas leyes. La medida pretende que se eviten los problemas de inseguridad jurídica que pudiera causar una redacción inadecuada desde el punto de vista lingüístico.
Las seis leyes que requieren pequeñas actualizaciones lingüísticas en sus versiones de euskera son de las décadas de los 80 y los 90. Son las siguientes:
-Ley 1/1980, de 23 de mayo, de Sede de las Instituciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
-Ley 16/1983, de 27 de julio, sobre Régimen Jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP).
-Ley 8/1983, de 14 de abril, sobre el Himno Oficial de Euskadi.
-Ley 1/1993, de 19 de febrero, de la Escuela Pública Vasca.
-Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
-Ley 4/1997, de 30 de mayo, de reconocimiento de la Universidad Mondragon Unibersitatea.
Desde que estas leyes fueran aprobadas, el euskera técnico y jurídico ha registrado avances importantes, lo que ha provocado una obsolescencia terminológica del lenguaje utilizado en la versión en euskera de dichas leyes. Por todo ello se hace necesario dotar al texto en euskera de una estructura gramatical y lingüística acorde con la evolución de la lengua.
La labor de traducción y garantía de la equivalencia jurídica y exactitud de las traducciones ha corrido a cargo del Instituto Vasco de Administración Pública (HAEE/IVAP), adscrito al Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, que es el que ha tramitado los seis decretos legislativos, uno para cada ley. Las leyes solo pueden ser modificadas en su redacción mediante decreto legislativo, de modo que, para realizar cualquier alteración, por mínima que sea, es preciso hacerlo a través de este mecanismo.
Estas adecuaciones se realizan con base a la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de la Disposiciones de Carácter General en la que se incluye una delegación legislativa al Gobierno para la actualización de la versión en euskera de estas leyes.