Departamento de Cultura y Política Lingüística

La Agencia Vasca Antidopaje realizó un total de 311 controles durante el pasado año y dio inició a 8 expedientes sancionadores por la utilización de sustancias prohibidas

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  • El Gobierno Vasco ha explicado que se produjeron 10 resultados adversos, si bien en 2 casos el/la deportista tenía autorización para utilizar las sustancias detectadas (terbutalina, habitual en asmáticos).
  • La Agencia, que superó su histórico de controles, realizó por primera vez controles en pruebas con animales, en este caso, en idi-probak.
  • Los controles se realizaron en 21 modalidades deportivas; los 8 resultados adversos se detectaron en las siguientes disciplinas: ciclismo (2), halterofilia, fisioculturismo (2), atletismo en ruta e idi-probak (2).        

El director de la Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco, Jon Redondo, ha presentado esta mañana en Bilbao la memoria de actividad de 2019 de la Agencia Vasca Antidopaje. Esta entidad, dependiente del Gobierno Vasco y competente en materia de lucha contra el dopaje en Euskadi, realizó durante el pasado año un total de 313 controles antidopaje a través de 76 misiones de recogida de muestras, lo que supone un máximo histórico para esta entidad. Los controles se realizaron en 21 modalidades deportivas, entre las que destacaron, atendiendo al número de controles realizados, el remo (79 controles), el ciclismo en ruta (52) y el atletismo en ruta (32). En total, se iniciaron un total de 8 expedientes sancionadores por resultados adversos (los denominados positivos por dopaje), si bien se produjeron dos resultados adversos más de deportistas que, no obstante, contaban con autorización para utilizar sustancias prohibidas (en ambos casos se trataba de terbutalina, habitual en asmáticos).

“El año pasado, durante la presentación de la memoria de actividad de 2018 de la Agencia Vasca Antidopaje, subrayamos el compromiso de la Dirección de Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco con la lucha contra el dopaje en el mundo del deporte. Ahora, los datos que presentamos relativos a la actividad del pasado año nos indican que la Agencia ha llegado a su máximo de controles, un dato elocuente de la labor que está desarrollando. La Agencia realiza más controles que agencias nacionales de muchos Estados. El objetivo es mantenerse en esa línea de alrededor de 300 controles al año”, ha indicado director de Actividad Física y Deporte, Jon Redondo, que ha estado acompañado de Josu Ayo, responsable de la Agencia Vasca Antidopaje.

El Parlamento Vasco aprobó en 2018 la modificación de la Ley contra el Dopaje en el Deporte, donde se recoge de manera específica que la lucha contra el doping en Euskadi es competencia de la Agencia Vasca Antidopaje, una de las dos entidades de este tipo que existe en el Estado. La nueva Ley, además, adaptó la normativa al Código Mundial contra el dopaje y endureció las sanciones.

El esfuerzo realizado durante 2019 viene a consolidar esa apuesta por la Agencia Vasca Antidopaje como una entidad de referencia en la lucha contra el doping que, además, desarrolla una importante labor de formación y asesoramiento en la materia. Durante el pasado 2019 realizó 18 controles más que en el año anterior (293, en 2018), 19 más que en 2017 (entonces se realizaron 292) y 134 controles más que en 2016 (177). De los 311 controles realizados el pasado año, 7 se realizaron en animales.

Los controles se realizaron en 76 misiones diferentes y en un total de 21 modalidades, datos que también superan los de los años precedentes. “La Agencia Vasca Antidopaje nunca había realizado tantos controles ni tantas misiones. Además, cada vez se va ampliando más el número de disciplinas a las que llegamos”, ha indicado Jon Redondo.

Las modalidades en las que más controles se realizaron fueron remo (79), ciclismo en ruta (52) y atletismo en ruta (32):

Ikusi taula.                           

Atendiendo al género, en el 79 % de los casos los deportistas objeto de los controles fueron hombres, mientras que el 21 % se los hicieron a mujeres (siete puntos más que el año anterior; en 2018 los controles a mujeres deportistas fueron el 14 %). Asimismo, en el 81 % de los casos los controles se realizaron en eventos de carácter autonómico, en el 12 % en pruebas de carácter internacional y, finalmente, en el 7 % de los casos en pruebas estatales.

Los expedientes

Entre los 311 controles realizados durante el pasado año se produjeron 10 resultados analíticos adversos, es decir, en 10 casos se detectaron sustancias prohibidas en los análisis (en 2019 habían sido 11). Sin embargo, en dos de esas muestras los deportistas contaban con AUT (Autorización de Uso Terapéutico). En ambos casos, la sustancia prohibida detectaba y para la que contaban con autorización era terbubalina (habitual entre personas asmáticas). Por tanto, se debe señalar que se produjeron 8 resultados adversos o positivos, uno más que el año anterior. Además, se produjeron otros 12 resultados atípicos en los que se detectó un perfil esteroidal alterado (relación testosterona/epitestosterona superior a la normal), pero no se detectaron sustancias prohibidas en los menús de test, de manera que se descartó el carácter exógeno.

Los 8 resultados adversos se han producido en los siguientes deportes: ciclismo (2 adversos), halterofilia, fisioculturismo (2), atletismo en ruta e idi-probak (2). En todos los casos se han iniciado los pertinentes expedientes sancionadores y se ha comunicado a las y los deportistas los resultados. Seis de los expedientes están ya cerrados, mientras que los otros dos se encuentra en fase de resolución.

Expediente 1-2019.

Se trata de un positivo por EPO (Eritropoyetina), una sustancia incluida en la lista de sustancias prohibidas, en el Grupo S2 Hormonas Peptidicas. Se procede a la apertura de expediente y se sanciona al deportista. Se da traslado de la sanción al resto de organismos deportivos.

Expediente 2-2019.

También en este caso se trata de un resultado adverso por EPO (Eritropoyetina), una sustancia incluida en la lista de sustancias prohibidas, en el Grupo S2 Hormonas Peptidicas. La Agencia Vasca Antidopaje procede a la apertura de expediente y se sanciona al deportista. Se da traslado de la sanción al resto de organismos deportivos.

Expediente 3-2019.

Resultado adverso por cannabis, sustancia incluida en la lista de sustancias prohibidas en el Grupo S8 Cannabinoides. Se procede a la apertura de expediente y se sanciona al deportista. Se da traslado de la sanción al resto de organismos deportivos.

Expediente 4-2019

En este caso, se trata de un positivo por varias sustancias esteroides anabolizantes androgénicas, incluidas en la lista de sustancias prohibidas, en el GruposS1 Agentes Anabolizantes. En concreto el positivo se produjo por tres sustancias anabolizantes: norandrosterona, noretiocolanolona y clembuterol. Se procede a la apertura de expediente y se sanciona al deportista. Se da traslado de la sanción al resto de organismos deportivos.

Expediente 5-2019

Se trata de un positivo por tres sustancias clasificadas como prohibidas, aunque en diferentes grupos. En este caso se trata de las siguientes sustancias: clembuterol, sustancia incluida en la lista de sustancias prohibidas en el Grupo S1 Agentes Anabolizantes; diureticos (furosemida y bumetanida), Grupo S5 Diureticos y Enmascarantes; y   tamoxifeno, Grupo S4 Moduladores Hormonales. Se procede a la apertura de expediente y se sanciona al deportista. Se da traslado de la sanción al resto de organismos deportivos.

Expediente 6-2019

Positivo por CERA (agentes que afectan a la eritropoyesis), sustancia incluida en la lista de sustancias prohibidas, en el Grupo S2 Hormonas Peptidicas. Se procede a la apertura de expediente y se sanciona cautelarmente al deportista. Expediente en fase de resolución.

Expediente 7-2019

En este caso se trata de un análisis de muestras de animales. El resultado es adverso por diclofenaco (antiinflamatorio no esteroideo), una sustancia incluida en la lista de sustancias prohibidas de la Federación Ecuestre Internacional y la Federación Vasca de Herri Kirolak. Se procede a la apertura de expediente sancionador y se sanciona al dueño del animal.

Expediente 8-2019

También en este caso se trata de un análisis de muestras de animales. El resultado es adverso por naproxeno (antiinflamatorio no esteroideo), una sustancia incluida en la lista de sustancias prohibidas de la Federación Ecuestre Internacional y la Federación Vasca de Herri Kirolak. Se procede a la apertura de expediente sancionador; en fase de resolución.