El nuevo encauzamiento en el tramo Urbi-Bengoetxe duplica la capacidad hidráulica del rio Ibaizabal y reduce el riesgo de inundación

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El nuevo encauzamiento en el tramo Urbi-Bengoetxe duplica la capacidad hidráulica del rio Ibaizabal y reduce el riesgo de inundación

El nuevo encauzamiento en el tramo Urbi-Bengoetxe duplica la capacidad hidráulica del Ibaizabal, y reduce el riesgo de inundación. Esta mejora de la capacidad hidráulica de los ríos Nervión e Ibaizabal -tramo Urbi-Bengoetxe, se ha producido a lo largo de los 33 meses que ha durado la segunda fase del proyecto de encauzamiento y que terminará en noviembre. Estas nuevas actuaciones han contado con un presupuesto de más de 7 millones de euros y cuando concluyan en noviembre habrán dispuesto de un periodo de ejecución estimado de 36 meses.

El objetivo de estas obras ha sido dar respuesta a la insuficiente capacidad hidráulica que los ríos Nervión e Ibaizabal han mostrado en episodios de aguas altas. Debido a que los territorios adyacentes al cauce —la llanura de inundación natural— fueron ocupados parcialmente en su día, el río fue encajonado, tratando de dar respuesta a las necesidades urbanísticas del momento; unas necesidades que no previeron las recurrentes crecidas naturales de los ríos que reclaman para sí el terreno que se les ocupó. El resultado: frecuentes inundaciones en la zona, que este proyecto de encauzamiento trata de reducir significativamente.

Para ello, en los últimos tres años, URA ha acometido distintas actuaciones encaminadas a incrementar la capacidad hidráulica de desagüe de ambos ríos en el entorno inmediato de su confluencia y recuperar así umbrales de seguridad adecuados para los intensivos usos ribereños.

Encauzamiento del tramo.

Se ha encauzado del río Ibaizabal desde su confluencia con el Nervión hasta el azud de Bengoetxe, de forma que se ha logrado una capacidad hidráulica notablemente mayor: de 600 m³/s a 1200 m³/s.

Sustitución del puente de Bridgestone (antigua Firestone).

El antiguo puente de Bridgestone tenía un tablero de hormigón armado que se apoyaba en los estribos laterales y en una pila situada en el centro del cauce. Este puente se sustituyó por otro de un único vano de 41,10 m de longitud total.

Sustitución del puente de Urbi

El antiguo puente de Urbi tenía dos pilares dentro del cauce, desviados con relación a la dirección de la corriente, lo que suponía un importante obstáculo al paso del agua. Ha sido sustituido por un nuevo puente con dos pilas situadas en paralelo a la dirección de la corriente, con tres vanos constituidos por vigas artesa.


Demolición del Azud de Urbi.

El nuevo azud que los sustituye es de menor altura; asimismo se ha construido un azud en la parte final del tramo, inmediatamente aguas abajo del azud de Bengoetxe, para evitar que el salto de agua descalce el propio azud.

Restauración ambiental

Los trabajos en esta fase del encauzamiento han comprendido la reposición de servidumbres existentes, caminos, pasos y todos aquellos servicios afectados. Asimismo, se han ejecutado medidas de revegetación; tarea imprescindible para intentar minimizar los impactos de la obra y mejorar su integración, recuperar suelos deteriorados durante su ejecución, estabilizar taludes, o la obtención de sombra y regulación microclimática de la humedad y temperatura en el dominio fluvialLa conclusión de una obra de defensa ante inundaciones es un recordatorio de la necesidad de prevenir y evitar incrementar usos sensibles a las crecidas naturales y recurrentes de los ríos: la necesidad de dejar sitio al río para cuando crezca.

Al tiempo, nos ha de servir de cara a la sensibilización de las instituciones y de la ciudadanía. Conscientes de que el riesgo 0 en defensa ante inundaciones no existe, esta obra nos recuerda la importancia de la prevención, la importancia de no exponer ni personas ni nuevos usos sensibles a las crecidas naturales y recurrentes de nuestros ríos.

De ahí la importancia de que se eviten desarrollos y usos urbanísticos que requieran de nuevas ocupaciones del territorio fluvial, al hilo de lo que la normativa actual establece. Tanto por la afección medioambiental que se genera al artificializar el territorio —quiebra del ecosistema fluvial— como por la posterior necesidad de defender esas personas o esos usos sensibles del comportamiento natural del río.