Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 25 de enero, Kontsumobide, recomienda a las personas consumidoras que reclamen la restitución de los gastos de tasación, registro, gestoría y notaría.
El TJUE ha sentenciado que no se podía entender que el plazo para reclamar comenzase a contar en el momento de abonar la factura de dichos gastos, ya que esto producía indefensión en la persona consumidora.
El Tribunal Europeo también ha determinado que no puede presuponerse que una persona consumidora sea consciente de que en su hipoteca existe una cláusula abusiva por el hecho de existir jurisprudencia (cómo es el caso de la sentencia del Tribunal Supremo español de 23 de enero de 2019), por lo que tampoco puede considerarse dicha sentencia como inicio del plazo.
Ante esta situación los servicios jurídicos de Kontsumobide están estudiando las consecuencias del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.