Preguntas frecuentes sobre Bonificaciones
Estamos pensando en contratar una persona que es perceptora de una RGI. Querría saber si existe algún tipo de bonificación al respecto
Las personas que reciben la RGI se les considera “en situación de exclusión social” y tienen derecho a aplicarse reducciones por su contratación. (ley 44/2006)
Una trabajadora de la empresa está actualmente en situación de riesgo de embarazo y posteriormente dará a luz. Cómo debo realizar el contrato de interinidad para poder bonificarme todo el periodo.
Lo adecuado es que realice un contrato de interinidad por el primer supuesto (riesgo) con una persona desempleada e inscrita en Lanbide, posteriormente debe realizar un nuevo contrato por el supuesto de maternidad sin necesidad de que la persona a contratar vuelva a inscribirse en la oficina de empleo.
¿Procede devolver la Bonificación de un contrato indefinido de un minusválido por despido?. Tenemos un trabajador que lleva 2 años con este contrato y se le ha despedido ahora. Tengo claro que si el despido es procedente o no reclama el trabajador, solo deberíamos devolver la Subvención en la parte proporcional del tiempo que no hemos cumplido hasta los 3 años (ya que no se le va a sustituir por otro trabajador en las mismas condiciones en el plazo de un mes). Mi duda es si reclama el trabajador y en conciliación se reconoce la improcedencia o judicialmente se declara el despido como improcedente.
Con carácter general la bonificación se paraliza no se devuelve, pero la empresa, de acuerdo al art. 6.2 de la ley 43/2006, estará excluida de aplicarse la bonificación durante un año en un contrato de las mismas características.
¿Las empresas del régimen especial agrario se pueden acoger a las bonificaciones de los contratos a emprendedores?
Sí, pueden aplicarse las bonificaciones.
Si hago un contrato de interinidad para cubrir la reducción de jornada por guarda legal de otro trabajador, ¿tengo algún tipo de bonificación a la seguridad social por esa nueva contratación?
No, salvo que contrate a una persona que lleve más de un año cobrando la prestación por desempleo.
Acabo de hacer una contratación de una trabajadora en prácticas de menos de 30 años y desempleada, según lo que me comenta la empresa es que está inscrita en el fondo de garantía juvenil, para practicarme la bonificación del 100% que tipo de acreditación le tengo que solicitar a la empresa como justificante del fondo de garantía juvenil?
Es el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. La Seguridad Social tiene la información de las personas inscritas en dicho fichero y aplicará la bonificación adicional sin que deba presentar ninguna justificación adicional.
Tengo a una trabajadora con la tarjeta del paro, pero no está desempleada porque trabaja 8 horas al mes. Podemos hacerle la bonificación por sustituir a una trabajadora que está en riesgo durante el embarazo?
No, debe estar desempleada al 100%.
Tengo una trabajadora con contrato en prácticas a tiempo parcial, quiero transformarlo en indefinido a tiempo completo. ¿Estaría bonificado?
Debe esperar a transformarlo a la finalización del contrato inicial o de sus prórrogas para poder aplicarse la bonificación que sería de 700 euros/año durante 3 años.