Requisitos DSV

Para que se te reconozca el derecho subjetivo de acceso a la ocupación legal de una vivienda digna y adecuada debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad o menor emancipado o emancipada.
  • Estar válidamente inscrito en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida y Alojamientos Dotacionales, en la modalidad de arrendamiento, con una antigüedad mínima de tres años. 
  • Contar con unos ingresos anuales comprendidos entre los siguientes límites:
    1. Unidades de convivencia de tres o más miembros: ingresos anuales ponderados inferiores a 19.000 euros.
    2. Unidades de convivencia de dos miembros: ingresos anuales ponderados inferiores a 17.000 euros.
    3. Unidades de convivencia de un miembro: ingresos anuales ponderados inferiores a 13.000 euros.
  • Todas las personas de la unidad convivencial deben carecer de vivienda en el momento de la solicitud, salvo las excepciones admitidas para inscribirse en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida y Alojamientos Dotacionales. 

Prestación económica de vivienda

La prestación económica de vivienda se abonará a aquellas unidades convivenciales a las que les haya sido reconocido el derecho subjetivo pero que no se les pueda facilitar una vivienda por parte de las Administraciones Públicas Vascas por falta de disponibilidad de viviendas o alojamientos adecuados.

La cuantía de la prestación económica de vivienda no podrá ser superior a la renta que figure en el contrato de arrendamiento, que en cualquier caso no podrá superar los 300 euros.

Para que se te reconozca la prestación económica de vivienda, además de cumplir todos los requisitos exigidos para el reconocimiento del derecho subjetivo, la unidad convivencial deberá ser titular de un contrato fuera del mercado protegido de arrendamiento, subarriendo o alquiler de habitación en vigor.

Ninguna persona de la unidad convivencial puede estar cobrando la Prestación Complementaria de Vivienda, ni la Renta Básica de Emancipación, ni ninguna otra ayuda incompatible con la Prestación económica de vivienda.

Cada seis meses se deberán presentar los justificantes del pago de esas mensualidades.

Si se comprobara la percepción indebida de la prestación económica de vivienda el departamento competente en materia de vivienda iniciará de oficio el procedimiento de reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas.

Para acceder a la prestación económica

Para solicitar el reconocimiento del derecho subjetivo es suficiente con presentar la solicitud. Para solicitar, además, la prestación económica de vivienda, se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Contrato de arrendamiento, subarriendo o alquiler de habitaciones en vigor.
  • En caso de subarriendo, autorización de la persona propietaria de la vivienda para subarrendarla.
  • Justificante del pago de la última mensualidad a través de transferencia bancaria.
  • Volante o certificado de empadronamiento colectivo en el que consten todas las personas residentes en la vivienda.
  • Alta de tercero, que se deberá completar de forma adecuada. Puede obtenerlo en www.etxebide.euskadi.eus/tercero
  • Certificado bancario de titularidad de la cuenta, cuando no se disponga de cuenta bancaria en una de las siguientes entidades:
    Kutxabank, Bankoa, Banco Santander, Laboral Kutxa, CaixaBank, BBVA, Sabadell, Banco Popular y Caja Rural de Navarra.

Ten en cuenta que el pago de la prestación se hará a la persona beneficiaria, que será la que conste en el alta de tercero.

Si deseas rellenar una solicitud de reconocimiento de derecho subjetivo, pincha aquí.

Fecha de última modificación: