Guía de proveedores

Quién puede solicitar acreditación
Pueden solicitar la acreditación las entidades proveedoras de actividades de formación continuada dirigidas a profesionales sanitarios, con personalidad jurídica propia, capacidad y experiencia formativa demostrable (al menos 5 años), realizadas y organizadas en el País Vasco.
Actividades acreditables
Aquellas actividades de formación continuada (cursos, seminarios, talleres, sesiones clínicas, reuniones científicas, etc.) presenciales, no presenciales y mixtas dirigidas a profesionales sanitarios y destinadas a mantener o mejorar su nivel de competencia profesional, una vez obtenida la titulación básica o la especialidad.
Para ser admitidas a trámite:
- Si se trata de actividades presenciales (aquellas en las que coinciden físicamente docentes y discentes) deben contemplar un sistema de control que garantice la asistencia de los participantes y, en el caso de las no presenciales (aquellas en las que no existe una interacción directa entre docentes y discentes), un sistema de seguridad/acceso y control de la participación.
- La duración de las actividades debe ser superior a 2 horas. Podrán acreditarse actividades de menos de 2 horas si forman parte de un programa (sesiones clínicas, congresos o similares) con la exigencia de que los certificados de acreditación se expidan únicamente a los participantes en un mínimo de dos actividades.
- La duración máxima computable será de 100 horas.
- Las actividades que soliciten acreditación deben encuadrarse en las áreas temáticas de: Práctica clínica, Salud Pública, Gestión sanitaria y calidad, Investigación Sanitaria y Docencia. Se excluyen las materias que aun siendo de aplicación en el área sanitaria, no son específicas en ciencias de la salud, las que conllevan la adquisición de un título o diploma (formación reglada) y las no pertinentes para la población diana a la que van dirigidas.
- Las actividades multidisciplinares deben dirigirse exclusivamente a profesionales sanitarios y deben versar sobre materias de carácter transversal, con contenidos mayoritariamente troncales (80%) y específicos en proporción no superior al 20%. Así mismo, se consideran objeto de acreditación aquéllas materias en las que se requiera para la actividad asistencial el aprendizaje y entrenamiento en acciones conjuntas y coordinadas de varias profesiones sanitarias.
- Todas las solicitudes de acreditación deben ir acompañadas de una declaración (doc, 20 KB) firmada en la que conste que dicha actividad no ha sido presentada para su acreditación a ninguna otra Comisión u organismo distinto al Consejo Vasco de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias, siempre y cuando dicho organismo utilice para conceder créditos los mismos criterios e instrumentos que nuestro sistema acreditador.
- Todas las actividades que soliciten acreditación deben contemplar algún sistema de evaluación (de los alumnos, de los profesores, de la actividad). Se exigirá como mínimo una encuesta de satisfacción.
- Existen condiciones de acreditación específicas para actividades concretas:
- Congresos y actividades masivas de corta duración (más de 100 participantes).
- Actividades financiadas total o parcialmente por patrocinadores privados.
Solicitudes
- Cumplimentación de las solicitudes
- Debe cumplimentarse una solicitud para cada actividad que se desee acreditar.
- En el caso de una actividad que se desarrolle en fechas y lugares diferentes a lo largo del año, se presentará una única solicitud haciendo constar dichas fechas y lugares en el lugar indicado en el formulario.
- Se presentará una nueva solicitud transcurrido el año natural y/o en el caso de que existan modificaciones que puedan alterar la acreditación previa.
- Sugerencias para cumplimentar los distintos ítems que se valoran en la acreditación de actividades.
- Documentación adicional
La primera vez que solicite acreditación el proveedor debe aportar (en las sucesivas acreditaciones no es necesario):- Copia del certificado de la Inscripción en el Registro correspondiente al tipo de entidad de que se trate.
- Copia del Código de Identificación Fiscal.
- Copia de los estatutos de la entidad, en los que deberá figurar específicamente la formación como uno de sus fines.
- Memoria justificativa de su experiencia como entidad proveedora de formación en los últimos 5 años (nº de actividades, nº de ediciones, nº de alumnos formados, resultados de las encuestas de satisfacción, …)
- Según el tipo de actividad
- Si es presencial:
- Modelo de control de asistencia.
- Distribución horaria de los contenidos teórico-prácticos (programa).
- Encuesta y/o test de evaluación.
- Si es no presencial:
- Modelo de control de la participación.
- Distribución en módulos o unidades didácticas y tiempo estimado de dedicación.
- Material docente proporcionado a los alumnos.
- Encuesta y test de evaluación.
- Si la actividad es mixta, debe aportarse la documentación relativa a cada una de las partes.
- Si es presencial:
- Presentación de las solicitudes
- Plazo de presentación
La solicitud de acreditación deberá presentarse con un mínimo de diez días de antelación a la realización de la actividad formativa, aunque es aconsejable su presentación con mayor antelación si se desea conocer el resultado del procedimiento en el momento de su celebración. - Plazo de resolución
Tres meses, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Regimen Juridico de las Administraciones Publicas y de Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Fecha de la última modificación:
08/08/2011