Ayudas para incentivar la creación de nuevas empresas. Donostia 2018

RESUMEN
Título: 
Ayudas para incentivar la creación de nuevas empresas. Donostia 2018
Objeto: 
a) La creación de nuevas empresas con carácter general. b) La creación de nuevas empresas basadas en criterios de innovación y aporte de valor añadido a la ciudad, en sintonía con la estrategia de impulso transversal y apuesta por el desarrollo de los sectores estratégicos que Fomento de San Sebastián articula para el tejido económico local.
Dotación presupuestaria: 
300.000,00 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • Convocatoria 2019 (BOG N 87/2019)
    Anuncio de publicación de las bases que regulan DonostiaINN, programa de Ayudas para incentivar la creación de nuevas empresas en 2019, Plan de Impulso Económico Donostia / San Sebastián UP!2019.
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
Fomento de San Sebastián
Órgano convocante: 
Fomento de San Sebastián
Entidad resolutora: 
Organismos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial: 
Reina Regente 8, Edificio Teatro Victoria Eugenia, 20.003 San Sebastián.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
Reina Regente 8, Edificio Teatro Victoria Eugenia, 20.003 San Sebastián.
VolverReina Regente 8, Edificio Teatro Victoria Eugenia, 20.003 San Sebastián.
Ayudas para incentivar la creación de nuevas empresas. Donostia 2018
a) La creación de nuevas empresas con carácter general. b) La creación de nuevas empresas basadas en criterios de innovación y aporte de valor añadido a la ciudad, en sintonía con la estrategia de impulso transversal y apuesta por el desarrollo de los sectores estratégicos que Fomento de San Sebastián articula para el tejido económico local.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, así como las agrupaciones sin personalidad de las anteriores, válidamente constituidas.
a) Que el domicilio fiscal de la actividad que sea objeto de la ayuda en cuestión esté ubicado en San Sebastián b) En el caso de personas jurídicas, que cumplan los requisitos indicados en las bases. c) Que el nuevo alta el Impuesto sobre Actividades Económicas se produzca entre el 1 de enero y el 31 de diciembre 2017. d) Que en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 se produzca un alta en la Seguridad Social (Régimen de Autónomos o equivalente) de alguno de los socios y/o socias. e) Que entre sus socios y/o socias al menos uno o una haya participado en las Sesiones de formación que el servicio de apoyo a las personas emprendedoras de Fomento de San Sebastián ofrece de forma continua. Se trata de las 14 sesiones (28 horas en total) a realizar durante una semana englobadas dentro del ¿Pack Inicio¿ consideradas como relevantes dentro del proceso de creación de una empresa f) Que no se hayan matriculado en el IAE en la misma o similar actividad, en los seis meses anteriores a la creación de empresa por la que solicitan ayuda.
PRESTACIÓN
Dotación: 
300.000,00 euros
Límite: 
MODALIDAD A: Creación de nuevas empresas en general Ayuda base de 1.200 euros para la primera persona socia y ayuda de 500 euros para las siguientes. MODALIDAD B: Creación de nuevas empresas innovadoras: Ayuda base de 3.000 euros para la primera persona socia y de 1.000 euros de base para los siguentes.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • Documentación general. Hoja de Solicitud (Anexo ¿Solicitud¿). Relación de personas promotoras de la empresa que optan a la ayuda (Anexo ¿Personas promotoras¿) Ficha de alta de datos bancarios de la persona o entidad solicitante de la ayuda, sellada por la entidad bancaria correspondiente (Anexo ¿Datos Bancarios¿) Si es persona física, copia del DNI de quién solicita. Si es persona jurídica, copia del CIF del solicitante y, en su caso, DNI de la persona apo-derada. Si es persona jurídica, escritura o documentos de constitución, los Estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. En el supuesto de las Sociedades Civiles sin personalidad jurídica propia, se incluirá el contrato privado sellado por Hacienda Foral. Si la persona firmante de la solicitud no coincide con las inscritas en la escritura o documentos de constitución, se deberá entregar también escritura pública de apoderamiento, donde se acredite la capacidad para realizar la solicitud. Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la empresa solicitante de la ayuda. Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social de la empresa solicitante de la ayuda. Copia de alta en Impuesto sobre Actividades Económicas (modelo 840 Hacienda foral), o en el caso de las actividades agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras, copia del alta de la declaración censal (modelo 036 Hacienda Foral). Documento actualizado de actividades económicas-histórico emitido por la Diputación Foral de Gipuzkoa de la empresa solicitante de la ayuda. Certificación del Ayuntamiento de San Sebastián acreditativo de que el solicitante de la ayuda no tiene deudas con el mismo. Valoración de los criterios de innovación y aporte añadido a la ciudad (Anexo ¿Valoración de los criterios de innovación y aporte añadido a la ciudad.¿), sólo para los que quieran optar a la ayuda de Creación de nuevas empresas innovadoras (MODALIDAD B). Copia del parte de alta en el Régimen de Autónomos o régimen equivalente, de cada uno de los/as promotores/as que optan a la ayuda. Copia del DNI de todas las personas promotoras que optan a la ayuda. Documentación justificativa de pertenecer a alguno de los colectivos desfavorecidos que se describen en el artículo 5.a. Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de cada uno de las personas promotoras que optan a la ayuda. Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, de cada uno de las personas promotoras que optan a la ayuda. Documento actualizado de actividades económicas-histórico emitido por la Diputación Foral de Gipuzkoa, de cada uno de las personas promotoras que optan a la ayuda. Certificación del Ayuntamiento de San Sebastián acreditativo de que cada una de las personas que opte a la ayuda no tiene deudas con el mismo o, en su defecto, autorización expresa para que Fomento de San Sebastián obtenga directamente dicha información del propio Ayuntamiento (incluida en el Anexo ¿Personas promotoras¿) En el caso de tener que acreditar la exención en la realización de la formación ofertada por Fomento de San Sebastian por estudios/formación, se deberán presentar los títulos académicos. En el caso de tener que acreditar la exención en la realización de la formación por experiencia, se deberán presentar la vida laboral junto con una declaración responsable donde se indiquen las empresas en las que se adquirió la experiencia y la experiencia adquirida. En el caso de tener que acreditar la exención en la realización de la formación por por contar con un Plan de empresa, se deberá presentar el Plan de empresa. Copia de las facturas y justificante del pago de las mismas, conforme a lo estipulado en el artículo 5. (estos documentos podrán ser presentados en el momento de la solicitud o bien en el momento de la justificación) Declaración de gastos y pagos (Anexo ¿Declaración de gastos y pagos¿). Aquellas personas jurídicas que estén participadas directa o indirectamente en un 25 por 100 ó más por otras empresas deberán presentar, debidamente firmado por la persona participante el anexo ¿Declaración Responsable empresa participante¿.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
03/06/2019 - 31/12/2019
Fecha límite de presentación: 
El plazo máximo será de dos meses desde la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, o cuando corresponda del alta de la declaración censal, y siempre antes del 31 de diciembre de 2019. Si el alta ha sido anterior a la publicación de las bases, el plazo será de dos meses desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio