Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I.Horizonte Pyme 2017

RESUMEN
Título:
Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I.Horizonte Pyme 2017
Objeto:
El objetivo de la convocatoria es financiar un estudio de viabilidad (técnico y comercial) que incluya un plan de negocio de un proyecto innovador a aquellas pymes que, habiéndose presentado a la Fase I del Instrumento Pyme del programa Horizonte 2020, han sido evaluadas por la Comisión Europea con una puntuación igual o superior a 13 puntos, y que por razones presupuestarias no han podido ser financiadas.
Dotación presupuestaria:
3.700.000 €
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria 2017 (BOE N 149/2017)
    Extracto de la Resolución de 16 de junio de 2017, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2017 para la concesión de ayudas de la convocatoria Horizonte Pyme, del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
Normativa reguladora:
  • Orden ECC/1333/2015, de 2 de julio (BOE N 159/2015)
    Orden ECC/1333/2015, de 2 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+i
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Economía y Hacienda
Órgano convocante:
Ministerio de Economía y Hacienda
Entidad resolutora:
Gobierno Central
TRAMITACIONES
Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I.Horizonte Pyme 2017
El objetivo de la convocatoria es financiar un estudio de viabilidad (técnico y comercial) que incluya un plan de negocio de un proyecto innovador a aquellas pymes que, habiéndose presentado a la Fase I del Instrumento Pyme del programa Horizonte 2020, han sido evaluadas por la Comisión Europea con una puntuación igual o superior a 13 puntos, y que por razones presupuestarias no han podido ser financiadas.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Pymes que habiéndose presentado a la Fase I de alguna convocatoria del Instrumento Pyme de Horizonte 2020 de la Unión Europea en los años 2016 y 2017, hayan obtenido, de acuerdo con el documento "Informe Resumido de Evaluación" emitido por la Comisión Europea, una puntuación igual o superior a 13 puntos.
Las entidades beneficiarias de las ayudas deberán cumplir con las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y las establecidas en el artículo 7 de la Orden de Bases, sin perjuicio de aquellas que se determinen específicamente en la resolución de concesión.
PRESTACIÓN
Dotación:
3.700.000 €
Límite:
Las ayudas reguladas en esta convocatoria no podrán superar en ningún caso, ni individualmente ni como resultado de la acumulación con otras ayudas de «minimis» concedidas a la misma entidad, el importe máximo total por entidad de 200.000 euros, o 100.000 euros si estas entidades operan en el sector del transporte por carretera.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
(Solicitud)
Información y formularios
Documentación:
  • a)La solicitud de ayuda firmada por el representante legal de la entidad solicitante. b) La declaración de conformidad de participación en la actuación firmada por el representante legal de la entidad, que incluirá las siguientes declaraciones responsables en virtud de lo establecido en el artículo 17.4 de la ECC/1780/2013, de 30 de septiembre: 1.º Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 2.º Declaración responsable de todas las ayudas de «minimis» recibidas o concedidas en el ejercicio fiscal correspondiente y en los dos ejercicios fiscales precedentes consignadas en el cuestionario. 3.º Declaración responsable de no haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. 4.º Declaración responsable de no estar incurso en un procedimiento de recuperación de ayudas, por haber sido estas declaradas ilegales e incompatibles por la Comisión Europea. 5.º Declaración responsable de que los documentos referidos en los apartados e) y f) de este artículo 17.8 coinciden fiel y exactamente con los presentados a la convocatoria Instrumento Pyme de H2020. c) Cuestionario que contenga una descripción del presupuesto detallado de la actuación. Se deberán consignar las ayudas de «minimis» recibidas en los tres últimos ejercicios fiscales, teniendo en cuenta que a los efectos de cálculo de acumulación de ayudas de «minimis» todas las entidades que estén controladas (de hecho o de Derecho) por una misma entidad deben considerarse una única entidad. A tales efectos, dos o más entidades relacionadas deberán considerarse como una única entidad si tienen al menos uno de los vínculos indicados en el artículo 2.2 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013. Por lo tanto, en el cuestionario deberán consignarse las ayudas de todas las entidades vinculadas a la entidad beneficiaria. d) Memoria económica de la actuación en la que se detallen y justifiquen todos los conceptos de gasto para los que se solicita financiación y que han sido reflejados en el cuestionario. La extensión de este documento debe limitarse a cuatro páginas. El fichero electrónico que contenga la memoria debe enviarse en formato PDF de un tamaño no superior a 4 Mbytes. e) Memoria presentada a la Convocatoria de la primera fase del Instrumento PYME de Horizonte 2020 en Europa. Esta memoria podrá presentarse tanto en español como en inglés. El fichero electrónico deberá enviarse en formato PDF de un tamaño no superior a 4 Mbytes. f) «Informe resumido de evaluación» acreditativo de que la PYME se ha presentado a la primera fase del instrumento PYME del programa Horizonte 2020 de la Unión Europea y ha obtenido una puntuación superior o igual a 12 puntos. El fichero electrónico deberá enviarse en formato PDF de un tamaño no superior a 4 Mbytes.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
23/06/2017 - 06/07/2017
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento es de seis meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.