Ayudas a la promoción de empleo joven e implantación de Garantía Juvenil en I+D+i. Subprograma de Incorporación, del Programa de Promoción del Talento y su Empleabilidad. Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 2018

RESUMEN
Título:
Ayudas a la promoción de empleo joven e implantación de Garantía Juvenil en I+D+i. Subprograma de Incorporación, del Programa de Promoción del Talento y su Empleabilidad. Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 2018
Objeto:
El objetivo de esta convocatoria es la concesión de ayudas, de una duración de tres años, para mejorar la formación y empleabilidad de personal técnico y de gestión de la I+D a través de su contratación laboral en universidades, organismos y entidades de investigación del sector público a la vez que se refuerzan las actividades de investigación de los mismos y el rendimiento de infraestructuras, equipamientos científico-técnicos, laboratorios o cualquier otra instalación o servicio de carácter general o de uso común de la entidad, de carácter científico-técnico, o de gestión de la investigación.
Dotación presupuestaria:
40.000.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Extracto de la Resolución de 17 de mayo de 2018 (BOE N 127/2018)
    Extracto de la Resolución de 17 de mayo de 2018 de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2018,de las ayudas para la promoción de empleo joven e implantación de la Garantía Juvenil en I+D+i en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016
Normativa reguladora:
  • Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio (BOE N 176/2013)
    Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
  • Orden ECC/1820/2014, de 26 de septiembre, (BOE N 243/2014)
    Orden ECC/1820/2014, de 26 de septiembre, por la que se modifica la Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
  • Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre (BOE N 315/2014)
    Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre, por la que se modifican la Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, y la Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Economía y Hacienda
Órgano convocante:
Ministerio de Economía y Hacienda
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad
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Ayudas a la promoción de empleo joven e implantación de Garantía Juvenil en I+D+i. Subprograma de Incorporación, del Programa de Promoción del Talento y su Empleabilidad. Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 2018
El objetivo de esta convocatoria es la concesión de ayudas, de una duración de tres años, para mejorar la formación y empleabilidad de personal técnico y de gestión de la I+D a través de su contratación laboral en universidades, organismos y entidades de investigación del sector público a la vez que se refuerzan las actividades de investigación de los mismos y el rendimiento de infraestructuras, equipamientos científico-técnicos, laboratorios o cualquier otra instalación o servicio de carácter general o de uso común de la entidad, de carácter científico-técnico, o de gestión de la investigación.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. b) Las universidades públicas y sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos. c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen actividades de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico. d) Entidades e instituciones sanitarias públicas, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
Las entidades beneficiarias, con independencia de su naturaleza jurídica, deberán tener la consideración de poder adjudicador, en los términos establecidos en el punto 3 del artículo 3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Las entidades beneficiarias deberán estar válidamente constituidas y tener capacidad de contratación laboral. Adicionalmente, deberán cumplir las condiciones recogidas en el artículo 3.a) de la Orden de Bases. No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El personal cuya contratación se cofinancie mediante las ayudas previstas en esta convocatoria deberá cumplir los siguientes requisitos en la fecha de contratación: a) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones, de acuerdo con el puesto financiado: 1. Titulaciones universitarias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado, Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico. 2. Titulaciones en el marco de la formación profesional del sistema: Técnico o Técnico Superior. b) Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. El proceso de inscripción se podrá solicitar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 98 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, convalidado a través de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, bien de forma telemática a través de la sede del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, bien de forma no telemática para las excepciones contempladas en el citado artículo. 2. Además de los requisitos anteriores, el personal cuya contratación se cofinancie no podrá estar vinculado laboralmente con la entidad con la que solicita una ayuda de esta actuación en la fecha de publicación de la convocatoria.
PRESTACIÓN
Dotación:
40.000.000,00 euros
Límite:
La ayuda anual que se concederá para cada uno de los contratos será el 91,89% del coste de contratación máximo financiable, y será la siguiente, en función de las titulaciones del personal contratado: a) 19.600,00 euros, en el caso de titulado universitario. b) 17.900,00 euros en el caso de titulado, en el marco de la formación profesional del sistema educativo.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • La solicitud a cumplimentar consta de los siguientes apartados: A) Instancia de solicitud. B) Relación de actuaciones propuestas, indicando para cada una de ellas el título de la misma, el número de personas solicitadas y la titulación (universitaria o formación profesional) requerida para cada una de ellas así como un coordinador responsable de la formación y del desempeño del personal contratado en el ámbito de cada actuación. 2. Con la solicitud se adjuntará en formato electrónico, para cada una de las actuaciones, lo siguiente: a) Propuesta de actividades a realizar por el personal técnico y de gestión de la I+D. Se incluirá una descripción de las actividades a realizar por el personal que se contrate, el objetivo de las actividades y una justificación de su necesidad e impacto en la entidad solicitante. Se incluirá justificación de la repercusión que tendrá en la empleabilidad del contratado la ejecución de la actividad. Se recomienda la utilización del modelo disponible para esta actuación en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad. b) Descripción del plan de formación en el que participará el personal contratado. Se describirán el contenido, medios y recursos del plan, capacidades y competencias que se prevé adquieran los contratados, mecanismos de evaluación y monitorización del progreso del personal, y cualquier otro aspecto que se considere relevante. Si en una actuación se solicita más de una persona y se impartirán programas formativos diferentes, descripción de los diferentes programas previstos. Se recomienda la utilización del modelo disponible para esta actuación en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
31/05/2018 - 21/06/2018
Plazo de resolución:
El plazo de resolución podrá ser interrumpido, de acuerdo con el artículo 24.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, durante el período que dure la evaluación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva, que no podrá exceder de dos meses. La petición de los informes a los que se refiere dicha disposición y su recepción serán comunicadas a los interesados en el procedimiento.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.