Procedimiento. Inicio

 

Inicio

El procedimiento en materia de conductas prohibidas se inicia de oficio por la Dirección de Investigación, ya sea a iniciativa propia o del Consejo Vasco de la Competencia o bien por denuncia.

Cualquier persona puede informar o formular una denuncia ante la Dirección de Investigación, la cual iniciará el expediente sancionador cuando observe indicios racionales de la existencia de infracción.

Fecha de última modificación:  22/05/2014