Ayudas para reorganizar las telecomunicaciones en su comunidad de vecinos Programa ÚNICO ? EDIFICIOS de Gobierno Vasco
Es un programa de ayudas de Gobierno Vasco en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) para subvencionar la realización de actuaciones de mejora en las infraestructuras de telecomunicaciones de las comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal.
Este programa se dirige a las comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal y concluida su construcción antes del año 2000, que necesiten adaptar las instalaciones de telecomunicaciones en el interior de ese edificio o conjunto de edificaciones.
Con estas actuaciones se quieren dotar y mejorar las instalaciones de las comunidades de propietarios para la adaptación, captación, distribución y entrega de los servicios de radiodifusión, televisión digital y el despliegue y adaptación de la banda ancha ultrarrápida de acceso a Internet, en su instalación completa o parcial, o solamente de instalación/adaptación de la banda ancha ultrarrápida para acceso a Internet; incluyendo las operaciones de desinstalación y retirada de equipos y sistemas de telecomunicaciones externos en desuso, una vez realizadas las operaciones anteriores (por ejemplo, cables, antenas, aparamenta… Incluyendo la correcta gestión medioambiental de los residuos generados).
- Estas actuaciones tienen que realizarse en edificios finalizados antes del año 2000.
- Las actuaciones deben realizarse por empresas instaladoras inscritas en el Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicaciones (tipo de actividad “F”).
- Todas las Instalaciones subvencionables deberán realizarse con un Informe Técnico de Renovación y un Proyecto Técnico realizado por (Ingeniero o Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones) titulado/a en materia de ICT, tendrán también dirección de obra, boletín de instalación, protocolo de pruebas, y la correspondiente certificación final de obra. Solo podrán realizarse por empresas instaladoras inscritas en el Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicaciones, al menos, en el tipo “F”.
Las actuaciones subvencionadas deberán estar finalizadas, documentadas y pagadas antes del 31 de diciembre de 2023.
El montante máximo de la ayuda será el 70% de los costes subvencionables que consten en las facturas.
La cuantía máxima de subvención para cada uno de los supuestos de ayuda previstos, para cada entidad destinataria y para un máximo de 35 viviendas, será la siguiente:
- En instalaciones completas, un máximo de 16.660 euros, que corresponde a 680 euros por vivienda.
- En instalaciones parciales, un máximo de 14.700 euros, que corresponde a 600 euros por vivienda.
- En intervenciones únicamente de instalación o adecuación de la infraestructura adaptada para banda ancha ultrarrápida de acceso a internet, un máximo de 11.882,50 euros, siendo un importe de 485 euros por vivienda
Son subvencionables:
- Los trabajos vinculados a la actividad del titulado/a competente en materia de telecomunicaciones (Ingeniero/a o Ingeniero/a Técnico/a de Telecomunicaciones):
- Elaboración del correspondiente proyecto técnico, dirección de obra y certificación final
- Los informes técnicos de renovación y memorias que fuesen necesarios
- En su caso, la consulta a los operadores de telecomunicaciones y la verificación voluntaria del proyecto y del certificado. - Los trabajos vinculados a la actividad de la Empresa Instaladora de Telecomunicaciones registrada:
- Elaboración del presupuesto de obra
- Ejecuciones materiales (equipamiento de todo tipo que se precise, la realización de las medidas de comprobación y su correspondiente mano de obra)
- Realización del boletín de instalación de telecomunicaciones y del protocolo de pruebas asociado
- En su caso, los costes de la desinstalación y la retirada de los equipos y sistemas de telecomunicaciones externos en desuso, una vez realizadas las actuaciones subvencionables y de su correcta gestión medioambiental en cumplimiento de la normativa vigente y aplicable a los residuos generados (RAEE).
Sí, estas ayudas son compatibles con cualquiera otra de otros programas o instrumentos de otras administraciones, organismos o entes públicos, nacionales, internacionales y de la UE, siempre que esa ayuda no cubra los mismos costes, ni se supere el coste de la actividad subvencionada.
La solicitud se presentará de forma electrónica, y serán atendidas por orden de presentación hasta que se agoten los fondos presupuestados. [Botón de acceso https://www.euskadi.eus/servicios/1212601]
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