¿Quien es público interesado?
A los efectos de evaluación ambiental de planes y programas, se entenderá por público interesado:
a) Toda persona física o jurídica en la que concurra cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Según el artículo 31.1 de la citada ley, se consideran interesados en el procedimiento administrativo:
1) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.
2) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.
3) Aquéllos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.
b) Cualquier persona jurídica sin ánimo de lucro que cumpla los siguientes requisitos:
1.º Que tenga como fines acreditados en sus estatutos, entre otros, la protección del medio ambiente en general o la de alguno de sus elementos en particular, y que tales fines puedan resultar afectados por el plan o programa de que se trate.
2.º Que lleve al menos dos años legalmente constituida y venga ejerciendo de modo activo las actividades necesarias para alcanzar los fines previstos en sus estatutos.
¿Cómo se acredita la condición de público interesado?
Quienes se consideren público interesado deberán adjuntar a sus alegaciones la siguiente documentación:
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En el caso de que les sea de aplicación la letra a) del apartado anterior:
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Ficha de identificación
(56 kb) cumplimentada -
Documentación que acredite tener derechos o intereses legítimos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.
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En el caso de que les sea de aplicación la letra b) del apartado anterior:
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Ficha de identificación
(56 kb) cumplimentada -
Copia de los estatutos
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Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Asociaciones en el que figure la fecha de inscripción
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¿Cómo debe presentar sus alegaciones el público interesado?
Las alegaciones y la documentación acreditativa se remitirán a la Viceconsejera de Medio Ambiente, calle Donostia San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz, en el plazo de 30 días desde que se publica en la web el anuncio de apertura del trámite de consulta al público interesado.