Legislación de referencia
- Legislación básica
- Estructura organizativa
- Prevención de riesgos laborales
- SAPU
- Información y consentimiento informado
- Bioetika
- Protección de datos
Legislación básica
- Ley 9/1983. Aprobación Servicio Vasco de Salud/Osakidetza
- Ley General de Sanidad
- Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi.
- Osasuna Zainduz. Decreto 77/1997. Bases para la Concertaciónde de Sistemas Sanitarios
- Decreto 255/1997. Estatutos
- Decreto 231/2000. Acuerdo regulador condiciones de trabajo
- Real Decreto 63/1995. Ordenación de Prestaciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud.
Estructura organizativa
- Orden 1986. Registro cancer
- Decreto 240/1993. Consejos Asesores del Departamento de Sanidad
- Orden 24 de Julio 1996. Composición del Consejo de Dirección y del Consejo Técnico de las Comarcas Sanitarias de Atención Primaria
- Decreto 2/1996. Osalan
- Decreto 195/1996. Estructura Organizativa de Atención Primaria
- Decreto 260/1999. Consejo Sanidad y Consejos Áreas de Salud
- Decreto 268/2001. Estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad
Prevención de riesgos laborales
SAPU
- Artículo 10 y 11 de LGS
- Decreto 175/1989. Derechos y olbigaciones de los pacientes y usuarios
- Orden 1990. Regulación de elección de hospitales y especialistas
- Orden 1990.Desarrollo de los sistemas de información y de tramitación de sugerencias, quejas y reclamaciones
Información y consentimiento informado
- Convenio de Oviedo. 1997
- La información y el consentimiento informado (Principios y pautas de actuación en la relación clínica) (pdf, 582 KB)
- Guía práctica para la elaboración de documentos de información y consentimiento (pdf, 1,20 MB)
Bioetica
Protección de datos
BiE aspira a ser una organización sanitaria excelente orientada al paciente. Por eso, uno de sus compromisos es garantizar la confidencialidad y protección de datos de carácter personal.
¿Que es un dato de carácter personal?
- Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas ó identificables.
- Los datos relativos a la salud son datos especialmente protegidos que requieren medidas de protección altas.
Toda la información de la Historia clínica es confidencial. Cada profesional a nivel individual y cada organización de servicios a nivel global, tienen el deber de preservar la confidencialidad de la historia clínica, a fin de salvaguardar el derecho del paciente a su intimidad personal y familiar, derechos recogidos en la legislación vigente.
Marco Legal:
- Protección de datos Osakidetza (rtf, 3 KB)
- Legislación (pdf, 5,47 MB)
- Procedimiento de acceso a la HRIA para uso no asistencial (pdf, 1,08 MB)
Modelos de ejercicio de los derechos de:
- Instrucción de Osakidetza referente a los Derechos del Ciudadano (pdf, 50 KB)
- Acceso (pdf, 166 KB)
- Cancelación (pdf, 173 KB)
- Exclusión (pdf, 108 KB)
- Oposición (pdf, 41 KB)
- Rectificación (pdf, 41 KB)