Juez de Paz

07/01/2019 - 26/01/2019
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Ordizia
Gipuzkoa
Resumen
¿Quién oferta?:
Ayuntamiendo de Ordizia
Plaza:
Juez de Paz
Puesto:
Juez de Paz.
Funciones y tareas:

 — Deberán residir en el municipio, salvo que por razones justificadas el Tribunal Superior de Justicia autorice la residencia en municipio distinto.

— El Juez fijará las horas de audiencia.

— Gozará de inamovilidad durante el tiempo que dure su mandato.

— Están obligados a guardar reserva sobre los hechos o noticias que conozcan por razón de su cargo.

— Conocerán en el orden civil y penal de los procesos cuya competencia corresponda por Ley.

— Cumplirán funciones de Registro Civil y las demás que las leyes les atribuya.

— El cargo de juez es por cuatros años.

— Serán retribuidos por el sistema y la cuantía que lealmente esté establecida.

— Están sujetos a responsabilidad penal y civil cuando en el ejercicio de sus funciones comentan delitos y faltas o daños y perjuicios con dolo o culpa, respectivamente.

— Están sujetos al régimen de licencias y permisos previstos en la Ley con las excepciones que se deriven de la naturaleza de su cargo y de su carácter no profesional.

Titulación:

 No se exige titulación específica alguna, sino capacidad suficiente para el cumplimiento de las obligaciones y funciones de Juez de Paz.

 

Otros requisitos:

 — Ser español/a y mayor de edad.

— No estar incapacitado/a física ni psíquicamente para la función judicial.

— Estar en el pleno ejercicio de los derechos civiles.

— No estar condenado/a por delito doloso mientras no se obtenga la rehabilitación.

— No estar procesado/a o inculpado/a por delito doloso en tanto no se obtenga la absolución o el sobreseimiento.

Observaciones:

 — Tienen compatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales o mercantiles siempre que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad e independencia ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.

— No podrán pertenecer a partidos políticos o sindicatos, o tener empleo al servicio de los mismos, ni participar en las elecciones legislativas o locales ni participar como miembros del Poder Judicial en ningún acto o reunión pública que no tenga carácter judicial.

Admisión
Presencial:

Se abre un plazo de veinte días naturales desde la publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, que se indican, lo soliciten por escrito dirigido a la Alcaldía.