[GEI-IE] Informe de emisiones

Descripción


Las instalaciones tienen la obligación de realizar un control y seguimiento de sus emisiones conforme al sistema establecido en la autorización de emisión. Las instalaciones deberán preparar un informe sobre dichas emisiones, que deberá ser verificado por el verificador acreditado correspondiente. De acuerdo a la Ley 1/2005, los titulares deberán remitir al órgano autonómico competente, antes del 28 de febrero, un informe sobre las emisiones de gases de efecto invernadero del año precedente.

Una vez recibido el informe y estimada la corrección de los cálculos, el órgano autonómico competente antes del 31 de marzo procederá a inscribir en el Registro Europeo de Derechos de Emisión la cifra correspondiente de emisiones del año precedente de cada instalación.

Finalmente, antes del 30 de abril, los titulares de las instalaciones deberán entregar un número de derechos de emisión equivalente al dato de emisiones verificadas inscrito por el órgano competente en el Registro Europeo de Derechos de Emisión.

A quién va dirigido


Empresas

Requisitos

  • Aportar la documentación requerida

Organismos


Solicitud y aportación de documentación.


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.