Normativa

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RESOLUCIÓN 90/2022, de 21 de octubre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación de la adenda de modificación y prórroga del convenio de colaboración entre la Universidad del País Vasco y Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, para el desarrollo de un sistema de información relativo a la inserción en el mercado de trabajo y desarrollo de políticas educativas y de empleo en personas egresadas universitarias.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 206
  • Nº orden: 4643
  • Nº disposición: 90
  • Fecha de disposición: 21/10/2022
  • Fecha de publicación: 27/10/2022

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Educación; Actividades Económicas
  • Submateria: Trabajo y empleo; Institucional; Información y comunicaciones; Departamentos

Texto legal

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Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco la adenda de modificación y prórroga del convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de julio de 2022.

De una parte, Dña. Eva Ferreira García, Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, en nombre y representación de la misma, según nombramiento realizado por Decreto 10/2021, de 19 de enero de 2021, del Lehendakari, publicado en el BOPV n.º 17, lunes 25 de enero de 2021 y Joseba Agustín Eizaguirre agote, Presidente del Consejo Social de la UPV/EHU.

Y de otra, Dña. Idoia Mendia Cueva, Presidenta y representante legal de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, actuando en nombre y representación del mismo de conformidad con el artículo 5 de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, aprobados por Decreto 82/2012, de 22 de mayo.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN:

Que dicho convenio tiene por objeto el establecimiento de un sistema de información obtenido a partir de encuestas que permitirá identificar las características de la inserción laboral y de tránsito al mercado de trabajo de las personas egresadas de la UPV/EHU, así como desarrollar políticas educativas y de empleo dirigidas a su cualificación y empleabilidad.

  1. Se modifica el punto 5.º del apartado «Fases y plazos» de la cláusula segunda relativa a la actividad a desarrollar, que queda redactado como sigue:

    Es necesario poner en valor el trabajo realizado y trasladar a la sociedad los resultados del estudio lo que se llevará a cabo en los siguientes términos:

    Las partes se comprometen a no hacer públicos los resultados durante los quince días siguientes a la recepción de los mismos.

    Lanbide establecerá, una vez obtenidos los datos, el modo de difusión y publicación de los principales resultados, previa consulta con la UPV/EHU.

    Superado el plazo tras la recepción de los informes las partes implicadas podrán hacer públicos los resultados mediante los medios que consideren oportunos.

    Lanbide-Servicio Vasco de Empleo presentará los datos más relevantes del estudio al Consejo Social de la UPV/EHU bajo petición del mismo.

  2. Se modifica la cláusula octava relativa a la duración del convenio, eliminando la palabra «anual», quedando redactada como sigue:

    El presente Acuerdo tendrá una vigencia inicial de 4 años a contar desde la firma del mismo.

    En cualquier momento, antes de la finalización del plazo de vigencia, las partes podrán acordar unánimemente su prórroga, hasta un máximo de cuatro años adicionales, o su extinción.

    El resto de cláusulas del convenio se mantiene invariable.

La presente prórroga surtirá efecto desde el momento de su suscripción.

En prueba de conformidad de cuanto antecedente, los comparecientes firman por triplicado ejemplar y a solo efecto la presente Adenda, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Por la UPV/EHU.

La Rectora de la UPV/EHU,

EVA FERREIRA GARCÍA.

El Presidente del Consejo Social de la UPV/EHU,

JOSEBA AGUSTÍN EIZAGUIRRE AGOTE.

Por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

La Presidenta de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

IDOIA MENDIA CUEVA.