Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2024, de la Viceconsejera de Políticas Sociales, por la que se nombran las personas que formarán parte de la comisión de valoración para la concesión de ayudas económicas a entidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la realización de un diagnóstico de situación y de un plan de acción en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en la convocatoria para el año 2024.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Bienestar, Juventud y Reto Demográfico
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 186
- Nº orden: 4406
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 09/09/2024
- Fecha de publicación: 24/09/2024
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Economía y Hacienda; Transportes y obras públicas
- Submateria: Asuntos sociales; Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Economía
Texto legal
La Orden de 17 de julio de 2024 (BOPV n.º 162, de 21 de agosto de 2024), de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico aprueba las bases para la concesión de ayudas económicas a entidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la realización de un diagnóstico de situación y de un plan de acción en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y efectúa su convocatoria para el año 2024.
La base 11 del Anexo I de la orden establece la creación de una comisión de valoración, cuya composición será establecida por la Directora de Familias e Infancia del Gobierno Vasco.
No obstante, por vacancia de la persona titular de la Dirección de Familias e Infancia cuyo cese fue publicado en el BOPV el 19 de julio de 2024 de conformidad con la Disposición Adicional del Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, las competencias y funciones atribuidas a la Dirección de Familias e Infancia serán ejercitadas por el superior jerárquico inmediato, esto es, la Viceconsejera de Políticas Sociales.
Todo ello, de conformidad con la disposición adicional octava y la disposición transitoria primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio de la Comunidad Autónoma del País Vasco/Euskadi, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.
A su vez, la base 13 del Anexo I de la orden añade que la Comisión estará compuesta por un mínimo de tres y un máximo de cuatro personas, que deberán tener la condición de alto cargo o de empleado público de la Dirección de Familias e Infancia, con presencia equilibrada de ambos sexos, y que deberá ser publicada en el Boletín Oficial del País Vasco con anterioridad a la constitución del órgano, mediante resolución de la Directora de Familias e Infancia.
En su virtud,
Presidente: Mikel Pascual Elexpe, asesor jurídico de la Dirección de Familias e Infancia.
Vocales: Eva María García Solana y Susana Sendino Del Cerro, técnicas de la Dirección de Familias e Infancia.
Actuará como secretaria Eva María García Solana, técnica de la Dirección de Familias e Infancia.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá la persona interesada interponer recurso de alzada, ante la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de septiembre de 2024.
La Viceconsejera de Políticas Sociales,
LIDE AMILIBIA BERGARETXE.