Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN 841/2026, de 4 de marzo, de la directora gerente de la Red de Salud Mental de Bizkaia, por la que se nombra temporalmente, por un plazo de cuatro años prorrogables, a la jefa de Unidad de Salud Mental del Centro de Salud Mental de Adultos de Durango de la Red de Salud Mental de Bizkaia de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Osakidetza-Servicio vasco de salud
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 58
- Nº orden: 1326
- Nº disposición: 841
- Fecha de disposición: 04/03/2026
- Fecha de publicación: 26/03/2026
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Función pública
Texto legal
Mediante Resolución 1052/2025, de 27 de octubre, de la directora gerente de la Red de Salud Mental de Bizkaia, se hace pública la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de concurso, de un puesto de jefe/a de Unidad de Salud Mental del Centro de Salud Mental de Adultos de Durango en la Red de Salud Mental de Bizkaia (BOPV n.º 229, de 27 de noviembre de 2025 y BOE n.º 292, de 5 de diciembre de 2025).
Efectuada por el tribunal calificador la valoración de la solicitud presentada, así como la correspondiente propuesta de nombramiento, y a la vista de los conocimientos académicos y profesionales que concurren en Dña. Idoia Álvarez Altube, procede efectuar su nombramiento para ocupar el puesto de jefa de Unidad de Salud Mental del Centro de Salud Mental de Adultos de Durango en la Red de Salud Mental de Bizkaia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre,
En Bilbao, a 4 de marzo de 2026.
La directora gerente de la Red de Salud Mental de Bizkaia,
ARATXU LOZANO OTERO.