Normativa

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RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2025, del viceconsejero de Cultura, de tercera modificación de la Resolución de 30 de octubre de 2024, por la que se conceden ayudas en especie destinadas a la catalogación, digitalización y conservación del patrimonio cultural vasco para su difusión a través del portal digital de la cultura vasca, Euskariana.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Cultura y Política Lingüística
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 143
  • Nº orden: 3342
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 07/07/2025
  • Fecha de publicación: 30/07/2025

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Con fecha de 25 de junio de 2024 se publica en el BOPV n.º 124, la Orden de 12 de junio de 2024, del consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regulan las ayudas en especie destinadas a la catalogación, digitalización y conservación del patrimonio cultural vasco para su difusión a través del portal digital de la cultura vasca, Euskariana, y se efectúa la correspondiente convocatoria para la presentación de proyectos en el año 2024.

El plazo para presentar las solicitudes finalizó, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.1 de las bases, el día 26 de julio de 2024.

Mediante Resolución de 30 de octubre de 2024 (publicada en el BOPV n.º 219 de 11 de noviembre de 2024), se resuelve la convocatoria de las referidas ayudas en especie.

Con posterioridad a dicha Resolución, se dictan dos resoluciones de modificación de la misma: la Resolución de 17 de diciembre de 2024 (publicada en el BOPV n.º 7 de 13 de enero de 2025), derivada de la modificación del proyecto presentado por el Centro Internacional de Cultura Contemporánea, S.A. (006-KOD-2024), y la Resolución de 6 de abril de 2025 (publicada en el BOPV n.º 77 de 24 de abril 2025) derivada de la modificación del proyecto de Goiena Komunikazio Taldea, Koop. E. (010-KOD-2024).

Con fecha de 23 de junio de 2025, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.b) del anexo de la Orden que regula la convocatoria, que establece como obligación de las entidades beneficiarias la necesidad de comunicar la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la ayuda, la Fundación Eresbil presenta una solicitud de modificación relativa al proyecto Partituras de la colección Eresbil pertenecientes al patrimonio cultural vasco (002-KOD-2024).

En esta solicitud de modificación, la Fundación Eresbil plantea la sustitución de algunas de las partituras incluidas en el proyecto referido, debido a que, al realizar la selección inicial, por errores o falta de información en las descripciones de los recursos, seleccionaron algunas partituras no originales o que se encuentran en unas condiciones que requieren de una restauración previa. La selección de las nuevas partituras a incluir en el proyecto se ha realizado siguiendo los mismos criterios adoptados en el proyecto original: partituras de compositores vascos o publicadas en editoriales vascas y que están en dominio público.

Por lo que respecta a los costes, la modificación planteada por la Fundación Eresbil supone una reducción del coste estimado del proyecto, que pasa de 9.865,60 euros a 9.848,31 euros.

Analizada la solicitud de modificación, se considera que esta no afecta a la esencia del proyecto original, ni perjudica intereses de terceros. Así, de conformidad con el citado artículo 15.8 de las bases, y en consonancia con el artículo 25 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, este órgano estima conveniente modificar las condiciones de la ayuda en especie concedida mediante Resolución de 30 de octubre de 2024 a la Fundación Eresbil - Archivo Vasco de la Música para el proyecto Partituras de la colección ERESBIL pertenecientes al patrimonio cultural vasco (002-KOD-2024), (inalteradas en las resoluciones de 17 de diciembre de 2024 y de 6 de abril de 2025, del Viceconsejero de Cultura, de modificación de la primera).

En consecuencia, a la vista de la reducción del presupuesto estimado para el proyecto 002-KOD-2024,

Esta Resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante la vicelehendakari Primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tuviere lugar la primera notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de julio de 2025.

El viceconsejero de Cultura,

ANDONI ITURBE AMOREBIETA.

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