Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 5 de junio de 2025, del viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural, por la que se conceden y deniegan las ayudas convocadas mediante Orden de 10 de septiembre de 2024, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el año 2024, ayudas a la investigación, desarrollo e innovación de los sectores agrícola, forestal y de los productos de la pesca y la acuicultura de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Berriker).
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 112
- Nº orden: 2663
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 05/06/2025
- Fecha de publicación: 16/06/2025
Ámbito temático
- Materia: Actividades económicas; Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Educación
- Submateria: Industria; Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Función pública
Texto legal
El 26 de septiembre de 2024, se publicaron en el Boletín Oficial del País Vasco (n.º Boletín: 188) las bases de la convocatoria realizada mediante Orden de 10 de septiembre de 2024, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban las bases y se convocan las ayudas a la investigación, desarrollo e innovación de los sectores agrícola, forestal y de los productos de la pesca y la acuicultura de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Berriker) del ejercicio 2024.
Al amparo de la citada convocatoria y dentro del plazo establecido para ello, se han presentado un total de 75 solicitudes de ayuda.
Una vez analizadas las mismas por la Comisión de Valoración, y elaborado el informe de evaluación preceptivo recogido en la base 15 punto 4 de la Orden de convocatoria, se concluye que 31 solicitudes han sido tomadas en consideración, tal y como se recoge en el Anexo I de esta Resolución; y otras 38 han sido denegadas por diferentes motivos, tal y como se indica en el Anexo II.
Respecto a las solicitudes aprobadas, los servicios técnicos de la dirección competente en materia de Política e Industria Alimentaria han remitido informe preceptivo en el que se constata el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 7 y en el resto de criterios establecidos en la Orden de 26 de septiembre de 2024; y en el que se realiza el correspondiente cálculo de la cuantía de la ayuda a conceder a cada beneficiario.
En aplicación de competencia establecida en la base 17 punto 1 de la Orden, el director de Política e Industria Alimentaria ha formulado la propuesta de resolución definitiva en la que se incluye la relación de entidades solicitantes para quienes se propone la concesión de la subvención, y su cuantía.
Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, corresponde a la persona titular de la Viceconsejería en Alimentación y Desarrollo Rural la resolución de la convocatoria mediante una única resolución, en la que se concederán o denegarán las ayudas solicitadas.
Por todo lo anterior,
Plazo de presentación: un mes, a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de esta resolución, que surtirá los efectos de notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 5 de junio de 2025.
El viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural,
RAÚL PÉREZ IRACHETA.
(Véase el .PDF)