Normativa

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RESOLUCIÓN de 4 de enero de 2022, del Director de HABE, por la que se modifica el número de alumnos o alumnas mínimo por grupo al inicio de los cursos, que los euskaltegis privados y los centros homologados de autoaprendizaje del euskera deben tener para ser objeto de subvención en el curso 2021-2022, en función del tamaño de la localidad en la que esté ubicado.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: HABE; Cultura y Política Lingüística
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 6
  • Nº orden: 122
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 04/01/2022
  • Fecha de publicación: 11/01/2022

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Para adaptarse a la nueva normalidad, mediante resolución de 18 de octubre de 2021 se modificó el número de alumnos o alumnas mínimo por grupo al inicio de los cursos, que los euskaltegis privados y los centros homologados de autoaprendizaje del euskera deben tener para ser objeto de subvención en el curso 2021-2022, en función del tamaño de la localidad en la que esté ubicado, para aquellos grupos que se iniciaran a partir del 1 de noviembre de 2021.

(Véase el .PDF)

Según datos oficiales, la situación, lejos de mejorarse, ha empeorado y mediante Decreto 44/2021, de 2 de diciembre de 2021, del lehendakari, se ha declarado de nuevo la situación de emergencia sanitaria en Euskadi, derivada de la pandemia de COVID-19 (BOPV, 3 de diciembre de 2021). Según lo establecido en los artículos 7 y 34 de la Ley 2/2021 de 24 de junio, de medidas para la gestión de la pandemia de COVID-19 (publicado en BOE 15 de julio de 2021), Euskadi se ha situado en el nivel de alerta 5, con un nivel de contagio muy alto.

Según informe de 27 de diciembre de 2021 realizado por los servicios jurídicos de HABE, el peligro de contagio en recintos cerrados es evidente y, por tanto, es una medida proporcionada la de reducir el aforo de las clases para poder ofrecer los servicios de aprendizaje del euskera de manera responsable y en condiciones sanitarias adecuadas.

Por tanto,